Notas sobre procedimientos de contratación según la LCSP
Enviado por CocolocoPeloco • 10 de Enero de 2016 • Apuntes • 2.079 Palabras (9 Páginas) • 390 Visitas
Los artículos 141 a 191 de la LCSP se destinan a regular los distintos procedimientos de que dispone la Administración para la selección del candidato adecuado con el que efectuar la contratación. Nuevamente a efectos meramente expositivos, estos procedimientos pueden englobarse en tres categorías –procedimientos normales, especiales y especializados para contratos masivos-, lo que nos conduce a la siguiente clasificación:
Normales | Especiales | Especializados para contratos masivos |
Abierto Restringido | Negociado Diálogo competitivo Jurado de proyectos | Acuerdo marco Sistema dinámico Sistema centralizado |
A continuación, y sin ánimo alguno de exhaustividad, expondremos los aspectos más relevantes de cada uno de estos procedimientos:
I. PROCEDIMIENTOS NORMALES
1. PROCEDIMIENTO ABIERTO
El procedimiento abierto (Arts. 141 a 145 LCSP), sistema más genérico –al menos en la teoría- de los previstos para la adjudicación administrativa del contratista, se basa en que cualquier candidato que reúna las características objetivas marcadas previamente por la Administración podrá presentar libremente su proposición ante el órgano de contratación.
En este caso, la LCSP mantiene en gran medida la regulación heredada del anterior Texto Refundido, si bien introduce dos novedades de cierta entidad que hacen referencia a:
- El sistema de plazos en el desarrollo del procedimiento, que se ajustará al siguiente esquema:
Información | Presentación de proposiciones | Apertura de las proposiciones | Adjudicación provisional |
6 días | 52 días (c. armonizados) | 1 mes | 15 días (criterio del precio) |
15 días (c. no armonizados) | 2 meses (criterios múltiples) |
Asimismo, de no respetarse por la Administración el plazo previsto para la adjudicación del contrato, los licitadores tendrán derecho a retirar justificadamente su oferta, debiendo la Administración devolverles, en su caso, la garantía provisional que hayan depositado.
- El sistema de información: Conforme a la nueva Ley, los interesados tendrán derecho a recibir de la Administración información de los pliegos o cualquier otra documentación complementaria, contando la Administración con un plazo de seis días naturales para remitir la misma. Caso de no cumplir en dicho plazo la Administración, deberá prorrogarse en la misma medida el plazo para la presentación de ofertas.
2. PROCEDIMIENTO RESTRINGIDO
Se trata de un procedimiento (Arts. 146 a 152 LCSP) que se desarrolla en dos fases: En un primer momento se selecciona a los candidatos que finalmente intervendrán en la fase del concurso propiamente dicho, y en un segundo momento se determina la propuesta adjudicataria. El sistema empleado, por tanto, responderá al siguiente planteamiento:
- Publicidad de las características o criterios objetivos que se emplearán para formular las invitaciones, y determinación del número mínimo y máximo –en su caso- de invitaciones que se cursarán.
- Solicitud de invitación por las empresas interesadas, aportando documentación que acredite suficientemente su capacidad, solvencia y el cumplimiento de las características y requisitos marcados por la Administración para participar en el concurso.
- Selección por la Administración de los licitadores que serán finalmente invitados a presentar una oferta, y remisión a éstos de la correspondiente invitación, donde se contendrá, además del anuncio de licitación, la fecha límite para la recepción de ofertas, la dirección a la que se enviarán las mismas, los criterios que se emplearán para la adjudicación, y la fecha y lugar donde se efectuará la apertura de proposiciones.
- Presentación de ofertas por los licitadores invitados.
- Adjudicación del contrato.
En cuanto a los plazos normativamente previstos para el desarrollo de este procedimiento, y aun cuando existen muchas reglas particulares al respecto, podemos plantear el siguiente esquema general:
Solicitud de participación | Información | Presentación de proposiciones | Apertura de las proposiciones | Adjudicación provisional |
37 días (52 en c. conces. obra pba.) | 6 días | 52 días (c. armonizados) | 1 mes | 15 días (criterio del precio) |
10 días (c. no armonizados) | 15 días (c. no armonizados) | 2 meses (criterios múltiples) |
Destaca, a la vista del citado cuadro, que la LCSP no fije plazo alguno para la elección por la Administración de los solicitantes que serán finalmente invitados a realizar oferta: Esta omisión, sin duda, deberá ser completada para caso concreto por el correspondiente anuncio de licitación.
Para terminar, indicar que el derecho de información de los interesados se articula por la LCSP en los mismos términos, y con el mismo alcance, plazos y efectos que para los supuestos de procedimiento abierto.
II. PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
1. PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
Estamos aquí (Arts. 153 a 162 LCSP) ante un sistema de adjudicación directa precedido de una fase de negociación con los candidatos sobre las cuestiones económicas y técnicas del contrato. En este caso, la Administración invita a los aspirantes (en un número mínimo de tres) a realizar una oferta, tras la cual el ente público negocia con los licitadores el precio, así como los demás aspectos técnicos y económicos previstos en el pliego de cláusulas administrativas.
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