OBJETO DE LOS DERECHO
Enviado por dameli • 29 de Agosto de 2014 • 1.954 Palabras (8 Páginas) • 237 Visitas
INTRODUCCIÓN
Para poder entender el objeto del derecho es necesario tener noción de relación jurídica, que no es más que una relación de la vida diaria a la que el derecho le otorga efectos jurídicos.
En la realidad para el derecho nada pasa desapercibido; ya que para crear una norma jurídica el legislador lo que hace es plasmar las causas de lo que ocurre en la vida diaria para generar así las respectivas consecuencias jurídicas.
La noción del objeto del derecho es amplia y variada, depende, de la variedad de las clases de derechos que puedan ser constituidos. Partiendo del hecho de que todo derecho tiene su objeto, de lo contrario la relación jurídica resultaría abstracta.
EL OBJETO DE LOS DERECHOS
En la doctrina tradicional muchas son las teorías que tratan de explicar el objeto del derecho, pero sólo dos de ellas son las más reconocidas
1. Teoría de la Realidad Objetiva del Objeto del Derecho: Esta teoría sostiene que se debe partir de tres características para poder estudiar el Objeto del Derecho:
• El objeto del derecho es independiente del derecho,
• La susceptibilidad de apropiación y
• La valoración económica.
2. Teoría Subjetiva del Objeto del Derecho: Se estudia el objeto del derecho atendiendo al sujeto. Esta teoría sólo sirve para los derechos personales y no patrimoniales.
Se recomienda no adoptar teoría alguna sino apegarse a la realidad e indagar sobre las entidades que facilitan el estudio del Objeto de la Relación Jurídica.
La primera de esas entidades, la cual cumple con los requisitos de la primera teoría son las cosas jurídicamente relevantes. La segunda entidad es el comportamiento humano, bien sea positivo o negativo y, la última de las entidades, es la persona, pues ella constituye el objeto de los derechos no patrimoniales.
Definición del Objeto del Derecho
En la doctrina existen tres concepciones típicas sobre la noción del "objeto del derecho".
1.- La primera considera que es el objeto todo lo que se representa como estando fuera del sujeto, sean cosas materiales, acciones humanas o fenómenos inmateriales.
2.- La llamada "concepción clásica", que se considera derivada del derecho romano, identifica el objeto del derecho con las cosas materiales.
3.- Por último, la tercera concepción, denominada a veces como" concepción moderna "sostiene que el único objeto del derecho es la conducta humana (sea de acción u omisión). Esta concepción suele llevar a algunos partidarios a distinguir entre el objeto inmediato de los derechos que sería la conducta humana y su objeto mediato o practico o substrato del derecho que sería la cosa a esa conducta se refiere.
El objeto del derecho es uno de los términos de referencia de la relación jurídica, o sea del deber jurídico y del derecho subjetivo.
Así pues. “Por objeto debe entenderse, en general, todo lo que en una relación jurídica no es sujeto”.
Objeto del derecho: Son las relaciones jurídicas que se forman entre las personas o sujetos del derecho, tienen siempre un propósito determinado, que es la finalidad perseguida al formar el vínculo. En otras palabras, se le llama objeto del derecho a lo que cae bajo el poder de un individuo, y contenido de los mismos lo que podemos obtener a raíz del derecho, ejemplos:
• La compraventa tiene por objeto la entrega de la cosa y el pago del precio de lo vendido.
• El contrato de trabajo persigue la realización del servicio y el pago del salario.
Clasificación de los objetos del derecho:
• Los Bienes: Son aquellas cosas de que los hombres se sirven, y todos los objetos que por útiles y apropiables sirvan para satisfacer las necesidades humanas.
• Hechos jurídicos: Se caracteriza porque produce un efecto de Derecho que no ha sido querido.
• Los valores adscritos a la personalidad humana: Tales como la libertad, el honor, la buena fama, pueden ser perjudicados y el ofensor debe compensar el daño moral obrado, porque poseen indudable importancia de objetos jurídicos.
• Los valores institucionales: El estado y sus múltiples manifestaciones (documentos, monedas, actos, etc.) se hallan amparados por el derecho.
Diferencia entre el Objeto del Derecho y el Contenido del Derecho
Se puede llegar a confundir el Objeto con el Contenido del Derecho, pero resulta que en la realidad el contenido es lo que le va a permitir a la persona una conducta determinada conforme a lo dispuesto en las normas jurídicas, es decir, facultades que tiene una persona sobre una cosa determinada.
El artículo 545 del Código Civil Venezolano establece que “la propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva…”, por lo que se debe entender que el contenido del derecho de propiedad es el uso, goce y disposición de esa cosa que constituye el objeto del derecho de propiedad.
Cosa. Definición y Características Jurídicas
La cosa puede ser entendida como un ente material o inmaterial, sin embargo, hay legislaciones que se reservan el uso del vocablo “cosa” únicamente para aludir a los entes corporales.
Muchas han sido las definiciones aportadas por los diferentes autores que componen la doctrina tradicional, tanto desde el punto de vista vulgar como jurídico.
Desde el punto de vista jurídico,
Gorrondona Aguilar José Luis (2007), expone que “Por cosa jurídicamente podemos entender cualquier entidad material o inmaterial que tenga relevancia jurídica, es decir, que pueda ser tomada como objeto de una relación jurídica.”
Por su parte, Ferrara (2008) indica que “Cosa es todo bien económico que tenga existencia autónoma y que sea capaz de ser sometida al señorío del hombre o de la persona.”
Egaña Manuel (2004), plantea que “Cosa es una entidad material o inmaterial que teniendo existencia autónoma puede ser utilizada por las personas para satisfacer con ellas sus necesidades, generalmente económicas.”
De estas definiciones planteadas se deducen algunas características principales, las cuales se resumen en las siguientes:
• Que la entidad sea capaz de proporcionar una satisfacción al hombre. Con esta característica se quiere expresar que esa “cosa” debe brindar a su titular o poseedor un bienestar, sea para su disfrute y uso, como un bienestar económico.
• Que sea susceptible
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