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ONAPRE


Enviado por   •  29 de Julio de 2013  •  Examen  •  774 Palabras (4 Páginas)  •  455 Visitas

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ONAPRE

La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).

Su última estructura está vigente según Oficio N° 000155 del Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo, aprobado el 12 de abril de 2007.

MISIÓN

Evaluar la ejecución del presupuesto y asesorar a la Presidencia de la República y a los Organismos sujetos a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP), en el sistema presupuestario, en su formulación, seguimiento, liquidación y en la evaluación de su ejecución física y financiera, así como en su consolidación anual.

VISIÓN

“La Oficina Nacional de Presupuesto se proyecta como la oficina rectora que integra a su función de control presupuestario, la interrelación con los demás sistemas administrativos y financieros públicos como mecanismo para el seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público mediante la innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano”.

ATRIBUCIONES DE LA OFICINA

1. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.

Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.

Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo, el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley

Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.

Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correcciones que considere necesarias.

Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.

Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.

Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.

Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.

Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su

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