Onapre y sus Funciones
Enviado por • 4 de Noviembre de 2014 • 1.065 Palabras (5 Páginas) • 289 Visitas
¿Que es la Onapre y sus Funciones?
La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de de del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).
Órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de de del Sector Público. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio de Finanzas. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.
Funciones o Atribuciones de la Oficina
1.
Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.
2.
Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.
3.
Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio del Poder Popular para y Desarrollo, el Ministerio del Poder Popular para las Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.
4.
Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.
5.
Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correciones que considere necesarias
6.
Aprobar, conjuntamente con del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.
7.
Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.
8.
Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.
9.
Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.
10.
Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.
11.
Informar al Ministro del Poder Popular para las Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público.
12.
Las demás que le confiera la Ley.
Funciones
1. Asesorar al Jefe de la Oficina Nacional de Presupuesto y demás autoridades y dependencias de la misma, en todas aquellas materias de contenido jurídico; específicamente en materia presupuestaria, en cuanto a la aplicación de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y demás leyes y reglamentos que integran la legislación presupuestaria nacional, estadal y municipal.
2. Investigar, interpretar y analizar la doctrina y jurisprudencia nacional en materia presupuestaria.
3. Evacuar las consultas que le sean formuladas por los diversos organismos de la Administración Pública y público en general, en materia de interpretación y aplicación de las normas de índole presupuestaria.
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