ORDENACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS A LA ATENCIÓN EDUCATIVA (I)
Enviado por Beatrizgc77 • 21 de Diciembre de 2022 • Apuntes • 388 Palabras (2 Páginas) • 66 Visitas
TEMA 6: ORDENACIÓN DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS A LA ATENCIÓN EDUCATIVA (I).
¿Por qué SON NECESARIOS LOS SERVICIOS DE APOYO A LA ATENCIÓN EDUCATIVA?
Dada la gran diversidad y necesidades del aula es necesaria la intervención de otros servicios y la coordinación de estos servicios:
- Apoyo técnico
- Apoyo administrativo
- Apoyo humano
LA NECESIDAD DE LOS SERVICIOS DE APOYO
Atención a la diversidad es un proceso complejo
- una gran diversidad de alumnado en cuanto a capacidades y necesidades
- se necesitan recursos materiales y humanos muy especializados.
- hay gran número de especialidades profesionales implicadas en el proceso educativo
Requiere una mayor coordinación
Decisiones sobre la escolarización para garantizar una atención educativa idónea
Análisis profundo de las necesidades y circunstancias específicas.
Esto requiere un compromiso por:
- Atender al desarrollo educativo
- Promover su inclusión social
Para ello, los centros deben contar con:
• APOYOS • SUPERVISIÓN • COORDINACIÓN • ASESORAMIENTO
• APOYOS • SUPERVISIÓN • COORDINACIÓN • ASESORAMIENTO | |
INSPECCIÓN EDUCATIVA | SERVICIOS DE ORIENTACIÓN |
• Supervisar, evaluar y controlar el funcionamiento de los centros y proyectos • Velar por el cumplimiento de leyes en los centros • Emitir informes • Orientar al equipo directivo • Etc | • Coordinar actividades de orientación acad. Profesional • Prevenir problemas de aprendizaje • Participar en adaptaciones curriculares • Asesoramiento a las familias |
INSPECCIÓN EDUCATIVA Regulada por la Orden de 29 de febrero de 1996
La inspección educativa se ejercerá en todos los centros, servicios, programas y actividades que integren el sistema educativo, tanto públicos como privados.
Por tanto CEE y centros ordinarios con unidades de EE, tanto públicos como privados Se encuentran sometidos al control de la inspección educativa en las mismas condiciones que los demás centros de enseñanza.
«La inspección educativa se realizará sobre todos los elementos y aspectos del sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimiento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la enseñanza» (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, 2020, art. 141.3)
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