Ordenamiento Fiscal De Guatemala
Enviado por 3li4sj8 • 18 de Abril de 2015 • 2.095 Palabras (9 Páginas) • 362 Visitas
ORDENAMIENTO FISCAL DE GUATEMALA
Es el conjunto de leyes que regulan el ámbito fiscal,
entendiendo
como tal la rama del derecho que tiene por objeto
el estudio de un conjunto de normas jurídicas que de acuerdo
con determinados principios comunes a todas ellas, regulan el
establecimiento, recaudación y control de los ingresos de Derecho Público
del Estado derivados del ejercicio de su potestad tributaria, así como las relaciones
entre el propio estado y los particulares considerados ensu calidad de
contribuyentes.
PARA QUE SIRVE
Sirve para crear garantías a los contribuyentes, entendido esto como la protección
delos ciudadanos contra los abusos o arbitrariedades de la eventual Dirección
Nacional deTributación.
COMO FUNCIONA
Las normas son dictadas por los órganos a los que la constitución atribuye
potestad normativa y cada tipo de norma en función de su fuente de producción va
ser igual a lasque siguen su misma forma aunque el contenido sea distinto.
INSTITUCION ENCARGADA
Contraloría General de la República, Sistema Nacional de Control Fiscal, la
Contraloría General de Cuentas (CGC) de la Republica de Guatemala es una
institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos,
egresos y en general de todo interés hacendario de los Organismos del Estado, los
municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier
persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.
COMO APOYARME EN ESTOS AMBITOS PARA MEJORAR
GUATEMALA
Para la obtención de un ordenamiento fiscal amigable para la ciudadanía,
debe contemplar un compromiso social con el pueblo, traduciéndose esto como la
protección de la salud, y no gravarla con el impuesto del consumo denominado
Impuesto al Valor Agregado (IVA), y en este sentido es necesario tomar en cuenta
la educación y revisar los eventuales peligros de aplicar el IVA a los alquileres Una
debida racionalización del gasto público, activación de la economía,
transparencia y concentración nacional, protección de la inversión y de las fuentes
de empleo son solo algunos de los requisitos que, a criterio de los diputados del
Movimiento Libertario, debería contener la reforma fiscal, la cual está siendo
analizada por la Comisión Mixta Fiscal. Los rojiblancos agregaron que es necesario
Origen
Existen al menos dos concepciones del origen del ordenamiento jurídico:
La corriente normativa nos dice que el ordenamiento es un conjunto de normas que
se entienden y
que se rigen de acuerdo con una serie de juicios de valor, creencias y convicciones.
Su base es el
iusnaturalismo.
La corriente institucional establece que el ordenamiento jurídico está formado por la
sociedad, por
los mecanismos que producen aplican y garantizan las normas, por todas las
instituciones y los
criterios de aplicación. Su base es el iuspositivismo.
Características
El ordenamiento jurídico es una realidad orgánica, es decir, no es un nuevo conjunto
de normas sino
que también son las formas de elaboración, desarrollo, aplicación y enjuiciamiento.
El ordenamiento jurídico se caracteriza por la estatalidad de las normas, ya que
éstas son dictadas
por los órganos a los que la constitución atribuye potestad normativa.
Otra característica es la unidad formal del ordenamiento jurídico, es decir, cada tipo
de norma en
función de su fuente de producción va a ser igual a las que siguen su misma forma
aunque el
contenido sea distinto.
Otra característica del ordenamiento fiscal es que es el resultado de la armonización
de dos o tres
órdenes normativos: En el caso del Estado Español: ordenamiento estatal,
ordenamiento
autonómico y ordenamiento comunitario. En el caso de estados federales como
Estados Unidos
, Brasil, Argentina, México o Canadá: ordenamiento jurídico federal y ordenamientos
jurídicos de las
entidades federativas.
El ordenamiento jurídico como sistema
Las normas interactúan entre sí, y si están interconectadas basándose en principios
de aplicación general, se habla de sistema jurídico. Según el jurista inglés de la
universidad de Oxford, Herbert H. Hart, el derecho está formado por dos tipos de
reglas jurídicas: las reglas jurídicas primarias que imponen obligaciones de
conducta (por ejemplo, la regla por la cual es obligatorio pagar impuestos), mientras
que las reglas jurídicas secundarias confieren potestades para que algunas
personas introduzcan reglas primarias (por ejemplo, la regla que faculta a la
Cámara de Diputados a fijar los impuestos). Un sistema jurídico es, de acuerdo con
Hart, un conjunto de reglas jurídicas primarias y secundarias que goza de cierta
eficacia.
Ordenamiento simple y complejo[editar]
Ordenamiento Simple: aquel que es propio de cada institución particular, que es
coherente e incompleto, ya que necesita estar en conexión con un ordenamiento
general.
Ordenamiento Complejo: aquel de ámbito general compuesto de un ordenamiento
base, y por el ordenamiento de las instituciones, éste es completo. Este
ordenamiento general, está formado por un conjunto de sistemas y por un conjunto
de ordenamientos relacionados con base en 4 principios:
Principio de Separación: esos ordenamientos particulares tienen autonomía propia,
están relacionados entre sí por un vértice común.
Principio de Cooperación: Los distintos ordenamientos deben de mantener
relaciones con el ordenamiento general.
Principio de Supremacía: el sistema general, tiene una posición de superioridad
material.
Principio de Complementariedad: está en relación con el de cooperación.
Plenitud y coherencia
La plenitud del ordenamiento fiscal consiste en que, según algunos autores, éste
tiene supuestamente la propiedad de contener normas para regular todo caso
concreto. Hans Kelsen creía que todo sistema jurídico era completo como resultado
del principio según el cual "lo que no está prohibido está permitido". Otros autores,
como Carlos Alchourrón y Eugenio Bulygin, consideran que sí existen lagunas en el
derecho.
La coherencia supone que en
...