PERSONAS FISICAS SUJETOS DEL ISR
Enviado por Oscar1214 • 25 de Agosto de 2017 • Documentos de Investigación • 570 Palabras (3 Páginas) • 169 Visitas
ART. 90 LISR
PERSONAS FISICAS SUJETOS DEL ISR
- Personas Físicas residentes en el extranjero.
- Sin Establecimiento Permanente en el país.
- Ingresos procedentes de Fuentes de Riqueza en territorio nacional
- Personas físicas residentes en el extranjero
- Con Establecimiento Permanente en el país
- Por los ingresos atribuibles al Establecimiento Permanente
- Personas físicas residentes en México
- Por todos sus ingresos Independientemente de dónde se encuentre la Fuente de Riqueza
Con ingresos:
- En efectivo
- En bienes
- Devengado (en los términos del Título IV)
- En crédito
- En servicios (en los términos de la LISR)
- De cualquier otro tipo
Con ingresos en el país:
- Por actividades empresariales.
- Por prestación de servicios personales independientes Mediante un Establecimiento Permanente, por los ingresos atribuibles.
Personas Fisicas residentes en México deben informar en su anual:
- Préstamos
- Donativos y
- Premios
Que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000.00 en el ejercicio
Por no informar los préstamos y donativos:
- Se consideran ingresos omitidos de la actividad preponderante U otros ingresos del Capítulo IX del Título IV LISR
Si no se informan los premios:
- La retención efectuada no es definitiva Se acumulan a los demás ingresos
- Podrá acreditar contra el ISR del ejercicio, la retención del impuesto federal
INGRESOS NO OBJETO
- Rendimientos de bienes otorgados en fideicomiso destinados a:
- Fines científicos, políticos o religiosos
- Establecimientos de enseñanza e instituciones de asistencia o beneficencia
- Financiar la educación hasta licenciatura de descendientes en línea recta (con RVOE)
INGRESOS EN EL EXTRANJERO
- No se consideran estos ingresos
- Salvo ingresos por concepto de salarios
Art.91
DISCREPANCIA FISCAL
Aplica incluso a PF no inscritas en el RFC.
Se presenta cuando en un año de calendario se realicen erogaciones superiores a los ingresos declarados.
Si no presenta declaración anual, se considera como si se hubiera presentado sin ingresos.
Es un artículo que se refiere a las autoridades fiscales, quienes deben sujetarse al siguiente procedimiento: Determinan el monto de la discrepancia.
El contribuyente tiene 20 días para:
- Establecer por escrito las razones que tiene para inconformarse.
- Demostrar el origen de la discrepancia.
- Ofrecer las pruebas que estime convenientes.
- Si no se demuestra el origen o no se inconforma, la autoridad exactora lo considera como un ingreso de la actividad preponderante o del Capítulo IX
- Se formula la liquidación respective
Art.92
COPROPIEDAD DE PERSONAS FISICAS
Si los ingresos de la PF derivan de copropiedad, debe designarse a uno de los copropietarios como representante común.
OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE COMÚN
- Llevar los libros contables.
- Expedir y recabar la documentación comprobatoria Conservar los libros y documentación.
- Cumplir con las obligaciones de retención.
REGLAS SOBRE LA COPROPIEDAD
Existen reglas particulares de copropiedad en los ingresos por actividades empresariales.
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