PERSONAS NATURALES DECLARAN RENTA
Enviado por mercyortizbp • 5 de Agosto de 2012 • 629 Palabras (3 Páginas) • 1.000 Visitas
¿Cuáles personas naturales se convertirán en declarantes de renta por el año gravable 2011?
por el año gravable 2011 igualmente son seis los requisitos que se deberán cumplir en su totalidad para quedar exoneradas de presentar declaración de renta. Téngase presente que si a un independiente no le hicieron retenciones desde julio de 2011 en adelante por la aplicación de la tabla de asalariados, entonces puede ser que sí le toque declarar renta al final del año. Esta declaración estará entre las que muchos tendrían que presentar por primera vez en forma virtual según lo indicado en la Resolución 12761 de diciembre 9 de 2011.
Al aproximarse la conclusión del año fiscal 2011, todas las personas naturales y sucesiones ilíquidas de nacionalidad colombiana (e incluso algunas extranjeras residentes o no en Colombia pero con patrimonios y operaciones en Colombia) deben tener presentes cuáles son los criterios fiscales vigentes según los cuales podrán o no quedar exoneradas de tener que presentar su respectiva declaración anual de impuesto de renta y complementarios por dicho año fiscal ante el Gobierno Colombiano (declaración que se estaría presentando y pagando a mediados del año 2012).
En primer lugar, es importante mencionar que en el año anterior al 2011 (es decir, durante al año 2010) la única reforma tributaria que introdujo cambios a los criterios contenidos en los artículos 9, 10, 592, 593, 594-1 y 594-3 del Estatuto Tributario (y con los cuales se define la obligación o no de presentar declaración de renta para las personas naturales o sucesiones ilíquidas) fue la Ley 1429 de diciembre 29 que con su artículo 15 elevó de 3.300 a 4.073 UVT el tope de ingresos brutos mencionado en el artículo 593 el cual deben cumplir los asalariados para quedar exonerados de declarar. Ese cambio al artículo 593, por ser norma de procedimiento tributario, se aplicó para el mismo año gravable 2010 y se seguirá aplicando para el año gravable 2011. Y en lo corrido del 2011 tampoco se produjeron cambios a esas normas de procedimiento tributario.
Adicionalmente se deberá tomar en cuenta la actualización de los valores en UVT mencionados en esas normas, pues la UVT que rigió durante el año 2010 fue de $24.555 pero la que rige hasta diciembre 31 de 2011 es de $25.132.
La importancia del factor residencia
Aclarado lo anterior, es importante comenzar por mencionar que en la determinación de si una persona natural o sucesión ilíquida estará o no obligado a presentar declaración de renta por el año gravable 2011 ante el Gobierno Colombiano, lo primero que se debe definir es si por dicho año la persona o sucesión ilíquida se consideró un “residente” o un “no residente” ante dicho Gobierno.
En efecto, según lo definen las normas de los artículos 9 y 10 del Estatuto Tributario, toda persona natural o sucesión ilíquida (ya
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