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POLICIA NACIONAL


Enviado por   •  16 de Febrero de 2015  •  595 Palabras (3 Páginas)  •  203 Visitas

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ARTÍCULO 39. CLASES DE SANCIONES Y SUS LÍMITES. Para el personal uniformado escalafonado, se aplicarán las siguientes sanciones:

1. Para las faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima Destitución e Inhabilidad General por un término entre diez (10) y veinte (20) años.

2. Para las faltas g ravísimas realizadas con culpa grave o graves dolosas, Suspensión e Inhabilidad Especial entre seis (6) y doce (12) meses, sin derecho a remuneración.

3. Para las faltas graves realizadas con culpa gravísima, Suspensión e Inhabilidad Especial entre un (1) mes y ciento setenta y nueve (179) días, sin derecho a remuneración.

4. Para las faltas graves realizadas con culpa grave, o leves dolosas, multa entre diez (10) y ciento ochenta (180) días.

5. Para las faltas leves culposas, Amonestación Escrita.

PARÁGRAFO. Habrá culpa gravísima cuando se incurra en falta disciplinaria por ignorancia supina, desatención elemental o violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento. La culpa será grave cuando se incurra en falta disciplinaria por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a sus actuaciones.

ARTÍCULO 40. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN.

1. La cuantía de la multa y el término de duración de la suspensión e inhabilidad se fijarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Haber sido sancionado disciplinariamente dentro de los cinco años anteriores a la comisión de la conducta que se investiga;

b) La diligencia y eficiencia demostradas en el desempeño del cargo o de la función;

c) Obrar por motivos nobles o altruistas;

d) Cometer la falta en el desempeño de funciones que ordinariamente corresponden a un superior, o cuando consista en el incumplimiento de deberes inherentes a dichas funciones;

e) La buena conducta anterior;

f) La confesión de la falta antes de la formulación de cargos;

g) Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado;

h) Haber devuelto, restituido o reparado, según el caso, el bien afectado con la conducta constitutiva de la falta, siempre que la devolución, restitución o separación no se hubieren decretado en otro proceso;

i) La trascendencia social e institucional de la conducta;

j) La afectación a derechos fundamentales;

k) Eludir la responsabilidad o endilgarla sin fundamento a un tercero;

l) Cometer la falta para ocultar otra;

m) Cometer la falta en circunstancias de perturbación del orden público, de calamidad pública o peligro común;

n) Cometer la falta contra menores de edad, ancianos, discapacitados o personas con trastorno mental, contra miembros de su núcleo familiar, de la Institución o persona puesta bajo estado de indefensión;

o) Cometer la falta

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