ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Policia Nacional Del Peru


Enviado por   •  27 de Enero de 2015  •  466 Palabras (2 Páginas)  •  220 Visitas

Página 1 de 2

INTRODUCCIÓN

La seguridad pública implica que todos podamos vivir en paz, y no estar bajo la zozobra de amenazas o ataques que atenten contra nuestra vida, patrimonio o integridad física, por parte de enemigos anónimos o generales, no personales; y velar por ello, es responsabilidad del Estado como ente monopolizador de la coacción.

Los bienes jurídicos que tutela objetivamente la seguridad pública son abstractos, o sea son independientes de quien es el dueño de ellos; mientras que si lo tomamos subjetivamente, los protegidos son los que conforman el grupo social que las leyes amparan contra esos peligros.

"Artículo 274.- Conducción en estado de ebriedad o drogadicción

El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36 inciso 7). Cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción superior de 0.25 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, la pena privativa de libertad será no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación conforme al artículo 36, inciso 7)."

“Artículo 274-A.- Manipulación en estado de ebriedad o drogadicción

El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de estupefacientes, drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o sintéticas, opera o maniobra instrumento, herramienta, máquina u otro análogo que represente riesgo o peligro, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de un año o treinta días-multa como mínimo a cincuenta días multa como máximo e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 4)”

Artículo 275.- Formas agravadas

“La pena será privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años cuando en la comisión del delito previsto en el artículo 273 concurre cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Si hay peligro de muerte para las personas. 2. Si el incendio provoca explosión o destruye bienes de valor científico, histórico, artístico, cultural, religioso, asistencial, militar o de importancia económica. 3. Si resultan lesiones graves o muerte y el agente pudo prever estos resultados.”

Artículo 276.-Estragos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com