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Enviado por LORERUIZ458 • 31 de Mayo de 2014 • Síntesis • 981 Palabras (4 Páginas) • 187 Visitas
ACTIVIDAD 6
¿A qué personas se les aplica el Código Sustantivo del Trabajo, teniendo en cuenta el vínculo contractual (clases de contratos) y el territorio donde se presta el servicio o actividad? establezca las diferencias con las modalidades o formas de vinculación para la prestación de servicios con trabajadores oficiales y empleados públicos:
El código sustantivo del trabajo, antes de dar a conocer a fondo el detalle de a quienes aplica, y establecer diferencias con modalidades o formas de vinculación debemos tener clara su finalidad, la cual como en el artículo 1 aclara que su fin es lograr relaciones justas entre trabajadores y empleados generando así una coordinación económica y equilibrio social. Teniendo claro el concepto podemos evaluar a quienes son aplicables y en este caso el mismo código contempla que el mismo será aplicado dentro del territorio Colombiano y para todos sus habitantes, sin distinguir entre estos su calidad de nacionales o extranjeros mientras estén en el mismo, la razón es porque al estar en el mismo territorio también se aplica en la legislación laboral y todo contrato laboral que se firme en el país sin importar si una de las partes o las dos son extranjeros, se regirá por el código sustantivo del trabajo Colombiano.
Es preciso diferenciar entre el nacimiento jurídico del contrato de trabajo y la ejecución del mismo, puesto que se puede dar el caso en que el contrato de trabajo sea firmado en Colombia [nacimiento jurídico del contrato] y que por la naturaleza misma de las actividades convenidas en el contrato o por la misma facultad de subordinación del empleador, sea necesario ejecutar ese contrato, ya sea en todo o en parte en el exterior. En este caso, es evidente que la legislación que se debe aplicar es la Colombiana, puesto que bajo las condiciones de ésta fue que se firmó el mismo. Fue bajo la legislación colombiana que se comprometieron y obligaron la partes firmantes del contrato. La misma constitución nacional, en su artículo 4, establece como deber de todos los residentes en Colombia, ya sean nacionales o extranjeros acatar las leyes, lo mismo que respetar y obedecer a las autoridades competentes.
Igual mandato lo expresa el código civil en su artículo 18 cuando afirma que la ley es obligatoria tanto a los nacionales como a los extranjeros residentes en Colombia.
Por su parte, el mismo código civil, en su artículo 57 contempla que “las leyes obligan a todos los habitantes del país, inclusive a los extranjeros, sean domiciliados o transeúntes, salvo, respecto de estos, los derechos concedidos en los tratados públicos”. Resulta claro entonces que en materia laboral, siempre que un contrato se firme en nuestro país, se regirá por nuestras leyes.
Empleados públicos y Trabajadores Oficiales: Distinta vinculación, distinta legislación.
Los Empleados públicos se vinculan por cuatro formas:
De carrera (Por concurso de méritos, como técnicos y profesionales)
De libre nombramiento y remoción (Ministros, Directores, Secretarios Municipales)
Por elección popular (Presidente de la República, Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales, Miembros de las Juntas Administradoras Locales)
Por elección especial y tiempo definido (Aquellos cargos que son elegidos o bien por el Congreso de la República o por las Altas Cortes. Ej.
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