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POSTULADOS PLANTEADOS POR CESAR BECCARIA APLICADOS A LA LEGISLACION PENAL VENEZOLANA.


Enviado por   •  13 de Junio de 2016  •  Ensayo  •  520 Palabras (3 Páginas)  •  300 Visitas

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Cesar beccaria, nacido en la ciudad de milan, el 15 de marzo de 1738 y muere en su misma ciudad natal el dia 28 de noviembre de 1794.

A la edad de 25 años escribe su obra la cual se encargaría de inmortalizarlo, de los delitos y la spenas, libro que a tenido una notable influencia en el derecho penal a nivel mundial.

El sistema penal venezolano a acogido mucho de sus postulados y los a adaptado a nuestro ordenamiento jurídico actual.

POSTULADOS PLANTEADOS POR CESAR BECCARIA APLICADOS A LA LEGISLACION PENAL VENEZOLANA.

LEGALIDAD DEL DERECCHO PENAL: Beccaria, hace mucra referencia en su obra la necesidad de que la norma penar debe ser lo mas clara y precisa posible de forma tal que cada ciudadano pueda entenderla y que no exista confuncion alguna en cuando a las definiciones que en ella se planatean. Nuestro rodenamiento jurídico se tiene su fortalece en este postulado, es decir, en el Principio de legalidad el cual se encuentra consagrado en nuestra constitución y en nuestro código penal vigente.

La ley penal es una ley fomal en el cometido que emana de un poder publico que tiene suficiente potestad en la creación de leyes y normas la cual debe ser previa a la situación de hecho que de origen a una consecuencia jurídica, a lo que deduciomos que si no existeuna ley que contemple y de fina los delito por consiguiente ninguna acción humana podrá ser catalogada como tal; y en esa misma dirección nadie podrá ser juzgado por una ley nacia con posterioridad al hecho cometido.

OPOSICION A LA PENA DE MUERTE: En este postulado se cuestiona la aplicación de la pena de muete, ya que se considera de poca utilidad, eficacia y efectividad. Beccaria propone una duración mas extensa de la pena a aplicar.

IGUALDAD DE APLICACIÓN DE LAS PENAS PARA TODOS LOS CIUDADANOS:

Planteaba que la penas que se apliquen deben de ser las mismas para cada uno de los ciudadanos sin importar la condición o clase social de las personas. Este pensamiento esta plasmado y vigente en nuestro ordenamiento jurídico, donde la cosntitcion y las leyes aseguran a los hombres y mujeres los mismos derechos.

CRITERIO DEL DAÑO SOCIAL POR EN CIMA DEL DAÑO MORAL.

Beccaria rechaza la tesis que la verdadera medida de los delitos es la intención del que lo comete, tampoco admite que se midan los delitos por la  dignidad de la persona ofendida ya que esto seria una medición subjetiva, el manifiesta y asi lo recoge nuestro ordenamiento penal sustantivo, donde se pone en manifiesta evidencia que lo que debe guaradar proporción con la gravedad del delito es el daño social producido por tal o cual delito por consiguiente no se trata de castigar al que realizo una mala acción como al que hizo algo socialmente dañoso.

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