PRACTICA VI
Enviado por naomigzs • 25 de Noviembre de 2014 • 691 Palabras (3 Páginas) • 432 Visitas
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
1. ¿Cuáles son los elementos necesarios para que una Organización Internacional sea considerada como tal? ¿Los posee la Organización de las Naciones Unidas?
Elementos:
• Composición básicamente interestatal (tiene que estar creado por Estados)
• Base jurídica convencional (casi siempre se hace por Tratados) y sumisión al Derecho Internacional
• Estructura orgánica permanente e independiente
• Personalidad jurídica propia
- La Organización de las Naciones Unidas si posee estos elementos ya que es una Organización Internacional
2. ¿Es una Organización internacional un sujeto del Derecho internacional?
Si, son sujetos de Derecho internacional junto al Estado
3. ¿Posee Naciones Unidas personalidad jurídica internacional? Razone la respuesta con base en los documentos que se le facilitan.
Sí. Los caracteres que la Carta otorga a la Organización de las Naciones Unidas (elementos característicos de una OO.II) hacen que esta goce de personalidad jurídica, es decir, capacidad de obrar y personalidad internacional
4. ¿Es competente la Organización de las Naciones Unidas para crear órganos subsidiarios como el Mediador en Palestina o la ONUC, cuyas funciones son mantener la paz y la seguridad internacionales? ¿Por qué?
Sí, el artículo 29 de la Carta de las Naciones Unidas dispone que el Consejo de Seguridad podrá establecer los organismos subsidiarios que estime necesarios para el desempeño de sus funciones entre las que se encuentran mantener la paz y la seguridad internacionales
5. ¿Dichas competencias se encuentran expresa o implícitamente contenidas en la Carta, el Tratado constitutivo de la O.N.U.? Razone la respuesta.
Como hemos indicado en la anterior pregunta, estas competencias están contenidas en la Carta de la ONU expresamente en el artículo 29
6. ¿Poseen Naciones Unidas y sus agentes (el mediador Bernadotte o los cascos azules de ONUC) privilegios e inmunidades? ¿Cuál es su fundamento?
- Sí, la personalidad jurídica de una OO.II. y por tanto, de las Naciones Unidas, concede privilegios e inmunidades a esta y a sus agentes (no pueden ser sometidos a los tribunales de otro Estado…)
- Esto está fundado en el artículo 105 de la Carta de la ONU:
1. La Organización gozará, en el territorio de cada uno de sus Miembros, de los privilegios e inmunidades necesarios para la realización de sus propósitos
2. Los representantes de los Miembros de la Organización y los funcionarios de ésta, gozarán asimismo de los privilegios e inmunidades necesarios para desempeñar con independencia sus funciones en relación con la Organización
3. La Asamblea General podrá hacer recomendaciones con el objeto de determinar los pormenores
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