PREVENCION DE RIESGOS LABORALES. NOTIFICACION DE ACCIDENTE LABORAL..
Enviado por investigador077 • 27 de Junio de 2016 • Práctica o problema • 658 Palabras (3 Páginas) • 555 Visitas
CASO PRÁCTICO (PRL): TÉCNICAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO. NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTE LABORAL.
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ENUNCIADO
Se produce un accidente de trabajo en una empresa. Tres trabajadores sufren el accidente y acuden a la mutua. Después de prestarles los correspondientes primeros auxilios y, dada la gravedad de las heridas, los trabajadores son trasladados al hospital concertado con dicha mutua para que sean atendidos de sus heridas. Cuando son atendidos en el hospital, se les diagnostica lo siguiente: a uno de ellos, quemaduras de primer grado en el 10% del cuerpo y de tercer grado en el resto del cuerpo; al otro, quemaduras de tercer grado en la cara, y al tercer trabajador, que es el que se encontraba más alejado del accidente, quemaduras leves en la cara. Los dos primeros trabajadores son calificados como accidentados graves, se les da la baja médica y son hospitalizados en la unidad de quemados del hospital. En cuanto al tercer trabajador, se le da la calificación de leve y se considera que no cursa baja médica. La empresa, tras conocer la noticia del grave accidente, procede a su notificación.
Las cuestiones a resolver son:
1. ¿Qué pasos debe dar el empresario para notificar el accidente?
- Pasos a seguir con los accidentados graves.
- Pasos a seguir con el accidentado leve.
2. ¿Cómo podemos asegurarnos que el empresario ha rellenado bien todos los partes del accidente?
RESOLUCIÓN
Leído el enunciado y partiendo del precepto de que el empresario está obligado a notificar a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del desarrollo de su trabajo, veamos los pasos a seguir:
- Accidentados graves.
Al tratarse de un accidente que conlleva la ausencia del trabajador, previa baja médica, de su puesto de trabajo de al menos un día -sin contar el día en que ocurrió el accidente-, el documento a cumplimentar es el parte de accidente de trabajo.
El empresario deberá remitir el mismo a la entidad gestora que tenga a cargo la protección por accidente de trabajo, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se produjo el accidente.
Además de la cumplimentación descrita, se deberá comunicar esta circunstancia por fax u otro medio análogo en el plazo máximo de 24 horas a la Autoridad Laboral de la Provincia donde haya ocurrido el accidente.
En dicha comunicación deberá constar la razón social, domicilio y teléfono de la empresa, nombre de las personas accidentadas, dirección completa del lugar donde ocurrió el accidente, así como una breve descripción del mismo.
- Accidentado leve.
En este caso se cumplimentará la relación de accidentes de trabajo que no han causado baja médica.
El empresario deberá remitir el mismo a la entidad gestora que tenga a cargo la protección por accidente de trabajo, en los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al que se refieren los datos.
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