PRINCIPIOS BÁSICOS DE ÉTICA PROFESIONAL QUE REGULA LA PROFESIÓN DE CONTADOR PÚBLICO.
Enviado por nayhu • 3 de Junio de 2014 • 4.484 Palabras (18 Páginas) • 519 Visitas
Formación de Ética y moral en un contador publico
¬¬ ¿¬Es difícil mantener la Ética y moral en un contador público ¬¬?
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Hoy en día la ética y la moral del contador público están fallando gravemente, ya que estos profesionales están siendo corruptos en su ejercicio o trabajo; sabemos que los valores y principios los tenemos desde temprana edad, es decir, desde el hogar, de allí es donde nos inculcan todos aquellos valores y principios que nos van formando cada día como persona y especialmente como profesionales.
Para argumentar mejor mi tesis, digo que una de las causas por las cuales ocurre este problema dela corrupción es por la falta de control fiscal en las entidades estatales, es decir, que las organizaciones de control y vigilancia ejerzan cada vez más su función para lo cual fueron creadas.
La ética del profesional del contador público está reglamentada por la ley 43 de 1990, que esta nos dice “esta ley comprende el conjunto de normas permanentes sobre ética a que deben ceñirse los Contadores Públicos inscritos ante la Junta Central de Contadores en el ejercicio de las funciones propias de la Contaduría Pública establecidas por las leyes y sus reglamentos.”
En esta ley nos indica todo lo referente a la formación del contador público en especial en sus principios y valores, los cuales debemos aplicarlos en la forma más correcta que exista , desde niños todos tenemos valores que nos han dado a conocer nuestros padres con el fin de poder formarnos como personas integras, dado el caso de que una persona o en especial el contador público no tenga buenos valores éticos este no está en nada, gracias a los valores que cada
profesional en la disciplina contable tiene, es la que nos permiten dar confianza pública, es decir, dar confianza a la sociedad.
PRINCIPIOS BÁSICOS DE ÉTICA PROFESIONAL QUE REGULA LA PROFESIÓN DE CONTADOR PÚBLICO.
Para hablar de la ética tendría que empezar primero por definirla, diciendo que ésta es hermandad, así de sencillo, ya que para algunos es "pensar en libertad y con responsabilidad" mientras que para otros "es un intento racional de averiguar cómo vivir mejor" y para otros tantos "es la ciencia de una forma específica de conducta humana", por todo eso para mí la ética es hermandad, es coexistir con todos en el lugar y tiempo que definamos dignificando nuestra existencia.
ahora definiré la moral como "normas, principios y valores que regulan las relaciones entre individuos; valor es todo aquello que le da sentido a la vida y adquiere aceptación social" por último en ésta primera etapa de definiciones diré que código de ética profesional es "un conjunto de reglas en que la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad, es lealtad para con ella y es una lealtad ya que los profesionales tienen responsabilidad y obligaciones con todos los sectores que confían en su trabajo.
Como se sabe bien, los órganos legislativos intentando, en su afán de buscar el bien de todos, determinar obligatoriamente lo mínimo que las personas tiene derecho a exigir de aquellos con quienes conviven en la sociedad, estableciendo así deberes y derechos. Así pues, de tanta normatividad existente les tocó a los contadores públicos el ser regulados administrativamente, técnicamente, disciplinariamente y en hora buena, éticamente.
Los contadores públicos son muy privilegiados al compartir con los escribanos la responsabilidad de dar fe pública. La fe pública se define como "la delegación dada por el estado para dar testimonios por escrito de determinados actos", pero como diría Yanel blanco luna en su libro manual de auditoría y revisoría fiscal: "la fe pública es sólo la forma, la esencia del contador es la confianza pública" y la confianza pública es lograda gracias a las capacidades técnicas, profesionales y éticas.
El contador público defiende la buena fe, y ésta hace presumir que un acto público está conforme a la ley y las buenas costumbres, y es por ello que el gobierno definió el código de ética para definirle al contador público un perfil de señor y señor es aquel de alta calidad humana, es el hombre que da su palabra y la sostiene su veracidad.
El Contador Público esta ceñido a los siguientes principios éticos:
• Integridad
• Objetividad
• Independencia
• Responsabilidad
• Confidencialidad
• Observancia de las disposiciones normativas
• Competencia y actualización profesional
• Difusión y Colaboración
• Respeto entre colegas
• Conducta ética.
Integridad: es cumplir todos principios éticos que siguen a continuación e inclusive cumplir más allá de lo que la ley exige. Integridad es ser recto, sincero y justo. Es ser honesto con el medio ambiente.
Objetividad: es utilizar la razón, la lógica para tomar decisiones y no el corazón, ni mucho menos los sentimientos. Es sincerizarse con uno mismo y los demás. Objetividad es ser equitativo, es lo de Dios para Dios, lo de los hombres para los hombres y lo del César para el César.
Independencia: es sincerizarse con los demás, dándoles a entender a ellos que no existen lazos familiares, ni amistosos ni mucho menos intereses particulares que hagan inclinar las opiniones a favor o en contra. Independencia es tener criterio limpio de ataduras sociales, es la esencia de la auditoría. Es lo que nos prohíbe actuar como juez y parte. Es el único de todos los principios que implica la actividad pública, ya que el resto de principios caven más sobre la actividad privada. Actividad pública es cuando se ejercen cargos de revisor fiscal, auditor externo y certificado de estados financieros. Actividad privada es cuando se ejercen cargos de asesor contable, tributario o administrativo.
Responsabilidad: es cumplir los compromisos adquiridos en una forma satisfactoria para todos, se falta a este principio si se cumple a medias dichos compromisos.
Confidencialidad: Hay que tener reserva profesional y no estar contando "cosas" que no les interesa a nadie sino a los realmente interesados. "No ser chismosos", de las empresas. Hay que tener confidencialidad tanto con el usuario como con el personal que tengamos a cargo.
Observaciones de las disposiciones normativas: Hay que cumplir las normas que promulgue el Estado y sus ministerios, hay que cumplir lo que dicte el Consejo Técnico de la Contaduría, hay que cumplir inclusive lo que diga el usuario siempre y cuando
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