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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LOS IMPUESTOS


Enviado por   •  14 de Julio de 2017  •  Documentos de Investigación  •  4.853 Palabras (20 Páginas)  •  1.273 Visitas

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PRINCIPIOS ELEMENTALES DE LOS IMPUESTOS

Dentro de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su articulo 31 fracción IV, se contempla la obligación de los mexicanos de pagar impuestos, de ahí es donde nacen las siguientes obligaciones relativas a los impuestos:

  1. Tienen derecho a percibir impuestos tanto la Federación, como los estados (entendiéndose como Entidades Federativas, y no en el sentido que el Derecho le da al Estado) y los municipios.
  2. Los impuestos a cuyo pago están obligados los mexicanos, deben ser establecidos por una ley federal o estatal, según el impuesto sea federal, estatal o municipal.
  3. Los impuestos deben ser proporcionales y equitativos.
  4. El dinero recaudado por los impuestos debe destinarse al gasto público federal, estatal o municipal, según el impuesto sea federal, estatal o municipal.

Por lo comentado se desprende que estas obligaciones o principios deben de respetarse por las autoridades al establecer nuevas cargas tributarias para que esta no se situen en la incostitucionalidad.

Adam Smith en su obra Investigación sobre la naturaleza y causas de la riqueza de las naciones, expone los principios de Igualdad, Certidumbre, Comodidad y Economía, mismos que en nuestros días su observancia resulta indispensable para el buen funcionamiento de todo sistema tributario. Por lo cual en este ensayo comentaremos brevemente cada uno de los principios y mostraremos las decisiones de la autoridad, jurisprudencias, en este sentido.

Principio de Igualdad

“Los ciudadanos de cualquier Estado deben de contribuir al sostenimiento del Gobierno, en cuanto sea posible, en proporción a sus respectivas aptitudes, es decir, en proporción a los ingresos que disfruten bajo la protección estatal. De la observancia o el menosprecio de esta máxima, depende lo que se le llama equidad o falta de equidad de los impuestos."

Este principio se proyecta bajo dos formas: la generalidad de los impuestos y la uniformidad de los mismos. Este principio también es denominado de justicia,

La generalidad se refiere a que todos los individuos deben de pagar impuestos, por lo que nadie puede estar exento de esta obligación. La única excepción será la falta de capacidad contributiva. Con ello la idea se reduce a que nadie que tenga capacidad contributiva debe de abstenerse de pagar impuestos.

La uniformidad significa que todos los contribuyentes deben ser iguales frente al impuesto, lo cual se logra con base en dos criterios: la capacidad contributiva como criterio objetivo; y la igualdad de sacrificio, que sirve para repartir equitativamente los impuestos y señalar cuotas del gravamen para cada fuente de ingresos, como criterio subjetivo.

PRINCIPIO DE CERTIDUMBRE.

" El impuesto que cada individuo está obligado a pagar debe de ser cierto y no arbitrario. El tiempo de su cobro, la forma de su pago, la cantidad adeudada, todo debe ser claro y preciso, lo mismo para el contribuyente que para cualquier persona....La incertidumbre da pábulo al abuso y favorece la corrupción de ciertas gentes que son impopulares por la naturaleza misma de sus cargos, aun cuando no incurran en corrupción y abuso."

Para la observancia de este principio, es necesario que la ley impositiva especifique con precisión los siguientes conceptos: el sujeto, el objeto, la cuota, la forma de valuación de la base, la forma de pago, la fecha de pago, quién paga, las penas en caso de infracción, entre otros conceptos, lo que hace que la norma tributaria sea clara y precisa.

En atención a lo anterior, es importante citar a Flores Zavala, quien en su libro de Finanzas Públicas Mexicanas, señala que Gastón Jèze, establece lo siguiente:

  • Que las leyes que establezcan tributos, deben de ser redactadas en forma clara y sencilla, de manera que sean comprensibles para todos; no deben de contener formular ambiguas o imprecisas.
  • Que los contribuyentes deben de tener los medios para accesar fácilmente a las leyes, reglamentos, circulares o decretos que les afecten.
  • Precisar si se trata de un impuesto federal, local o municipal.
  • Se debe de preferir el sistema de cuota al de derrama, por que es menos incierto.
  • La administración debe de ser imparcial en el establecimiento del impuesto.

PRINCIPIO DE COMODIDAD.

" Todo impuesto debe cobrarse en la época y en la forma en las que es más probable que convenga su pago al contribuyente."

Existen una serie de impuestos que por su naturaleza en ocasiones resultan problemáticos para su cobro y otros, por el contrario, se cobran aun sin que el consumidor lo sepa. Un impuesto que se cobra inmediatamente se resiente menos que el que se recauda tiempo después de la situación que lo originó.

PRINCIPIO DE ECONOMIA.

" Toda contribución debe de planearse de modo que la diferencia de lo que se recauda y lo que ingresa en el Tesoro público del Estado, sea lo más pequeña posible. El que esta diferencia sea grande, puede deberse a una de las cuatro causas siguiente:

  • La recaudación del impuesto puede necesitar un gran número de funcionarios cuyos sueldos pueden devorar la mayor parte del producto del mismo, y cuyos gajes pueden aun imponer una especie de impuesto adicional al publico.
  • Puede ser causa, de que una parte del capital de la comunidad se separe de un empleo más productivo, para dedicarlo a otro menos productivo.
  • Las multa y penas en las que incurren los infortunados individuos que tratan sin éxito de evadir el impuesto, pueden con frecuencia arruinarlos, terminando así con el beneficio que la comunidad pudiera derivar del empleo de sus capitales. Un impuesto imprudente ofrece grandes tentaciones de evadirlo.
  • Someter a la gente a las frecuentes visitas y al examen odioso de los recaudadores de impuestos, puede exponerla a muchas molestias, vejaciones y opresiones innecesarias.

En atención a lo anterior, la necesidad de que el costo de lo recaudado sea el menor posible, en comparación con el costo invertido para su recuperación, con el objeto de que la mayor parte de dicha recaudación sea utilizada por el Estado para el ejercicio de sus atribuciones, que como se ha de establecer mas adelante al estudiar los principios constitucionales, estos son para sufragar los gastos públicos de la nación.

El economista alemán Adolfo Wagner, realizo serios estudios sobre las necesidades del Estado, de las otras personas públicas y de la población a gravar, estableciendo una serie de principios prácticos aplicables a la política y técnica fiscal. Considera que estos principios no deben de considerarse como absolutos, sino como relativos, según el tiempo y el lugar. Además, no deben de aplicarse aisladamente, sino en su conjunto de una manera armoniosa.

A continuación se señalan jurisprudencias en donde la autoridad emite su opinión al respecto de estos principios:

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