PROCEDIMIENTOS PARA SANCIONAR
Enviado por Andrea Santana • 18 de Agosto de 2021 • Trabajo • 509 Palabras (3 Páginas) • 36 Visitas
PROCEDIMIENTOS PARA SANCIONAR
El hecho de no informar a las autoridades competentes de todas las fallas que se presentaban en el edificio como las deflexiones de hasta 60 cm provocando un riesgo a todos los inquilinos del edificio
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR
Esta comienza con una investigación previa y la aprobación de que esta misma se realice, tendrán una duración de hasta seis (6) meses prorrogables hasta por la mitad del término si fuesen varias las faltas a los investigados o si faltaran pruebas que decretar, pero si no hubieran pruebas que decretar, se procederá mediante el Secretario Seccional, según el caso, al culminar la investigación preliminar con la formulación de cargos que abre la etapa formal.
FINES DE LA INDAGACIÓN PRELIMINAR
En esta etapa se verifica el tipo de conducta que tuvo el implicado y se determina si la falta puede llegar a sanción disciplinaria o no.
NOTIFICACIÓN PLIEGO DE CARGOS
Esta etapa consiste en todo lo concurrente a la notificación de los implicados, los cargos puestos por la secretaria regional o seccional del COPNIA a los inculpados. No obstante, de no poder efectuarse la notificación personal, se hará por edicto en los términos establecidos en el Código Contencioso Administrativo. Si transcurrido el término de la notificación por
edicto, el inculpado no compareciere, se proveerá el nombramiento de un apoderado de oficio de la lista de abogados inscritos ante el Consejo Seccional de la Judicatura.
TRASLADO DEL PLIEGO DE CARGOS
Después de ser notificados los inculpados tendrán 10 días hábiles para presentar o aportar pruebas para su defensa y dicho expediente permanecerá a su disposición.
ETAPA PROBATORIA
Después de vencido los 10 días hábiles, la Secretaría Seccional resolverá sobre las pruebas solicitadas por el investigado y decretará las demás que de oficio considere conducentes y pertinentes.
FALLO DE PRIMERA INSTANCIA
En esta etapa el presidente regional o seccional propone un proyecto sobre la decisión que se someterá a la consideración de la Junta de Consejeros Regionales o Seccionales, la cual podrá aceptarlo, aclararlo, modificarlo o revocarlo. Si la mayoría de los miembros asistentes a la sesión aprueban el proyecto de decisión, se adoptará la decisión propuesta mediante resolución motivada.
NOTIFICACIÓN DEL FALLO
La decisión tomada por el consejo profesional se notificará personalmente al interesado.
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