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PROMOVER JUICIO LABORAL ORDINARIO POR REAJUSTE SALARIAL, COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES POR DESPIDO INJUSTIFICADO - REAJUSTE SALARIAL E INDEMNIZACION – HORAS EXTRAS


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2017  •  Trabajo  •  2.415 Palabras (10 Páginas)  •  435 Visitas

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OBJETO:    PROMOVER JUICIO LABORAL ORDINARIO POR REAJUSTE SALARIAL, COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES POR  DESPIDO INJUSTIFICADO - REAJUSTE SALARIAL E INDEMNIZACION – HORAS EXTRAS.

SEÑOR JUEZ:

FAUSTINO DANIEL FLORENTIN,  con  CI: 5.600.585, por derecho propio y bajo patrocinio del Abg. Daniel Medina Mat. (CSJ) N° 45.540, Abg. Eder Moreno con Mat. CSJ 40.456, Abg. Fernando Zalazar Mat. N° 40.455, Abg. Bernardo Arrúa con Mat. N° 46.646, Abg. Fabiola Guerrero Con Mat. (CSJ) N° 41.637 y Abg. Pablino Fernández con Mat. (CSJ) Nº 38.327, firmantes conmigo al pie de la presente demanda con domicilio real y domicilio procesal en el barrio San Miguel de Zeballos Cué, calle Teniente Acosta N° 6378 casi calle 28, de la ciudad de Asunción, bajo su digno cargo, por lo que mediante escrito me presento y digo:

QUE, vengo a promover demanda laboral ordinaria por Reajuste salarial, indemnización por despido injustificado, horas extras y cobro de beneficios sociales establecidos en concepto por despido injustificado en contra del Señor FRANCISCO ADORNO PEREIRA con CI N° 2.223.448, quien es responsable y propietario de la empresa de Guardias de Seguridad  COWBOY S.A., ubicada en la casa sobre la calle Del maestro 589 del barrio Loma Pytã de la ciudad de Asunción, detrás del Shopping el Portal, sobre la base de las siguientes consideraciones de hechos y derechos que paso a exponer:

DE LA RELACION DE DEPENDENCIA ¨HECHOS Y DERECHOS¨

Manifiesto que yo me desempeñaba como empleado de la empresa Cowboy SA, propiedad del   hoy demandado, donde fui contratado como Guardia de Seguridad, y tenia ordenes de cubrir   otras empresas tercerizadas, donde cubría la empresa del demandado,  a quienes prestaba servicios de seguridad. Al momento de mi despido injustificado, gozaba de una ANTIGÜEDAD TOTAL DE 4 MESES, y había sido contratado  el 20 de JULIO  DEL 2.017, realizando tareas de GUARDIA DE SEGURIDAD HORARIO NOCTURNO.

Siendo el salario del Guardia de Seguridad nocturno promedio mensual de Gs. 4.014.840, conforme a lo que establece el Ministerio de Trabajo Y YO SOLO PERCIBIA EN ESOS MOMENTOS LA suma de 2.041.123 Gs, haciéndose siempre del desentendido la patronal, y no pagándome en concepto de haberes lo que corresponde como mínimo por Ley para el trabajo de guardias de seguridad.

Como trabajador manifiesto que NO SOY COMERCIANTE, tampoco estoy REGISTRADO COMO CONTIBUYENTE EN EL MINISTERIO DE LA HACIENDA en su Secretaria de Tributación, por lo tanto  NO  EXPIDO  FACTURAS DE PRESTACION DE SERVICIOS porque no tengo NUMERO DE Registro Único de Contribuyente (RUC).

 CUMPLIA HORARIO DE TRABAJO  NOCTURNO CONTINUADO DE 12 HORAS DIARIAS, todos los días.

NO TENIA SEGURO MEDICO, ANTE PELIGROS, NI INSALUBRIDAD, NI CONTRA ACCIDENTES DE TRABAJO NI CONTRA ATENTADOS QUE PUDIERAN OCASIONAR  DELINCUENTES, NI TAMPOCO CAPACITACION LABORAL NI DE PRACTICA POR PARTE DE LA EMPRESA, ya que la empresa no aporta dicho Seguro, a pesar de la peligrosidad del trabajo.

Siempre fui en el trabajo, una persona trabajadora, respetuosa, honesta, responsable, predispuesta, educada y obediente, en cuanto a mis labores diarias, cuya conducta siempre fue objeto de halagos de parte de personas que me veían entrar de tardecita y salir al día siguiente todos los días, con lluvia, viento, tormentas, calor, etc., porque no faltaba a mi lugar de trabajo, y los que fueron atendidos por mí lo saben.

Nunca había sido sancionado por mal trabajo, ni suspendido por mala conducta, ni amonestado por escrito por mal desempeño, ni firmado ninguna multa durante el tiempo de mi trabajo en la mencionada empresa, siendo extraño y sorpresivo para mi, que cuando he tomado mi guardia una tardecita, y por la falta de mantenimiento de la escopeta que portaba en ese momento, y el haber estado cargada, y mas aun sin la capacitación debida para el ejercicio por parte de la patronal, revienta la escopeta, mediante la percusión inesperada del gatillo, ocasionándome serios daños en el pie, donde me había desangrado y amputado dedos del pie, por este accidente de trabajo, por lo que fui asistido por una persona extraña llevándome al hospital de Emergencias Medicas, donde obran todos mis diagnósticos médicos y ficha personal como también informes de los reposos médicos que he necesitado después de mi intervención quirúrgica.

ANTE, el despido arbitrario e injustificado, ha recurrido al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a los efectos de solicitar audiencia con el empleador, labrándose acta de comparecencia patronal conforme se acompaña dicha copia; ante la manifiesta falta de ánimos conciliatorios y negativas presumidas se entiende de la negativa de pagar los haberes de  salarios, horas extras, indemnización y otros  beneficios sociales que por Ley me corresponde , por lo que  recurro ante vuestra señoría a fin de hacer valer los derechos que el Código del Trabajo concede a todo trabajador.

INDEPENDIENTEMENTE,  a la responsabilidad pecuniaria, por el perjuicio causado al trabajador, por la demora injustificada en el pago de lo que se reclama en la demanda (REAJUSTE SALARIAL, COBRO DE BENEFICIOS SOCIALES POR DESPIDO INJUSTIFICADO E INDEMNIZACION COMPENSATORIA) y la Indemnización complementaria establecida en el Código de Fondo , SOLICITO EXPRESAMENTE LA APLICACIÓN DEL ART. 227 del CPT, es decir, CONDENAR A LA PARTE DEMANDADA AL PAGO DE LOS INTERERESES MORATORIOS que corresponde al trabajador desde la fecha de su despido injustificado hasta que la sentencia quede firme y ejecutoriada, atendiendo a la desvalorización del dinero y a la naturaleza alimentaria y patrimonial de los créditos laborales.

FUNDO: la presente demanda en las disposiciones contenidas en el Código Laboral, procesal laboral  y la Constitución Nacional, aplicables en materias de derecho laborales.

PRUEBA OFRECIDAS: Ofrezco como pruebas que hacen al derecho mi mandante la siguiente:

INSTRUMENTALES:

  1. Escrito de promoción de demanda.
  2. Copia autenticada de la Notificación solicitando Conciliación de la Denuncia Nº 7182 DE FECHA 03 de noviembre del 2017, caratulada FAUSTINO DANIEL FLORENTIN VILLAN  contra FRANCISCO ADORNO PEREIRA, gerente general y propietario de la empresa COWBOY por cobro de Reembolso de gastos Médicos, Cobro por Accidente de Trabajo e inclusión al Seguro Social, beneficios Sociales por despido Injustificado y abandono por parte de la patronal ante el Accidente de trabajo.

  1. LOS que deberán ser presentados por la parte demandada, los cuales son : LIBROS LABORALES DE TENENCIA OBLIGATORIA  Y HOJA DE LIQUIDACION DE SUELDOS, SALARIOS, PAGOS, BONIFICACIONES, FACTURAS DE TODOS LOS MESES , en casos de manifestar  haber pagado con factura compra de servicios, extras, etc.
  2. Fotografía impresa del lugar de Trabajo, de la pierna y pie del accidentado y otros para su momento oportuno.
  3. Copia autenticada de la Liquidación de haberes otorgado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, calculadas hasta el último día de trabajo, del año 2017.
  4. Copia de Cedula de identidad del trabajador.
  5. Documentos que acreditan la asistencia que tuvo el trabajador mediante ayuda de otras personas en Instituciones del Estado, como Emergencias Medicas y otros Sanatorios Privados.
  6. CD con resultados de la grave consecuencia del accidente de trabajo.
  7. Extractos de los servicios de Laboratorios.
  8. Facturas y presupuestos de medicamentos, fisioterapias, limpieza y curación de la parte afectada por el amputación de dedos.

TESTIFICALES:

De personas cuyos nombres y demás datos personales los proporcionaremos en la estación procesal oportuna.

  CONFESORIA:

1) Absolución de Posiciones del representante legal de la empresa TODO ACCESORIOS A TENOR DEL PLIEGO DE POSICIONES A SER PRESENTADO EN LA ESTACION PROCESAL OPORTUNA.

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