PROTOCOLOS Y MECANISMOS DE REGULACIÓN EN COLOMBIA PARA LA CONFORMACIÓN DE BRIGADAS DE EMERGENCIAS
Enviado por Marjaseveriche • 2 de Mayo de 2014 • 2.899 Palabras (12 Páginas) • 1.011 Visitas
INTRODUCCIÓN
El tema de la seguridad y la salud en el trabajo, se enmarca dentro de los denominados derechos sociales, cuyo nivel de satisfacción marca de una u otra forma, el nivel de bienestar de que goza la población de un país. Por tal razón, no es extraño que la Organización Internacional del Trabajo, en desarrollo de su compromiso constitutivo de promocionar la justicia social mediante el mejoramiento de las condiciones de trabajo de la población mundial, se haya ocupado del ambiente laboral, en sus convenios.
PREGUNTA PROBLEMA
EXISTEN PROTOCOLOS Y MECANISMOS DE REGULACIÓN EN COLOMBIA PARA LA CONFORMACIÓN DE BRIGADAS DE EMERGENCIAS?
Las Brigadas son grupos de personas organizadas y capacitadas para emergencias, cuya función está orientada a salvaguardar la vida e integridad física y psicológica del ser humano. En su entorno laboral, ambiental, comunitario y familiar.
FUNCION GENERAL:
* Salvar vidas.
* Mitigar riesgos locativos.
* Atender con propiedad las urgencias emergencias y desastres del entorno.
* De ser posible proteger valores y bienes materiales.
* Activar el plan de emergencias y evacuación.
* Participación del programa de ayuda mutua.
* Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad.
* Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales.
La brigada de emergencia surge del cumplimiento del reglamento sobre prevención de incendios de fecha 17/08/83, el cual en su artículo 22 especifica la obligación que tiene toda entidad pública o privada de conformar, adiestrar y mantener una brigada de prevención.
CLASES DE BRIGADAS
INCIPIENTE: Personal voluntario contratado por la empresa para cualquier actividad. ESTRUCTURAL: Personal contratado por la empresa para desarrollar actividades del plan de emergencias permanentemente.
MIXTA: Integrada por personal voluntario y personal contratado por la empresa.
Las brigadas de emergencia se crean para tener un grupo de personas preparadas y equipadas para actuar con celeridad y eficiencia ante eventos extraordinarios.
El número de integrantes de las brigadas depende de ciertos factores como:
1- Características de la empresa
2- Jornada laboral
3- Número de personas que se encuentran en las instalaciones
4- Políticas de la empresa
5- Deberes que se espera que cumpla la brigada
Teniendo en cuenta:
1- SEGURIDAD : No puede hacer algo para lo que no se fue capacitado ni entrenado
2- Atender la situación hasta la llegada del equipo de apoyo externo.
NORMAS:
Ley 9 de 1979: Ordena la responsabilidad de los empresarios
Resolución 2400 de 1979: Disposiciones de vivienda, higiene y seguridad industrial.
Resolución 1016 de 1989: Establece los planes de emergencia en sus tres ramas: preventiva, pasiva o estructural.
DECRETO 614 DE 1984: Bases para organización y admon. De salud ocupacional. DECRETO LEY 1295 DE 1994: Organización de ARP. LEY 322 DE 1998: Sistema Nacional de Bomberos DECRETO 93 DE 1998 DECRETO 321 DE 1999 DECRETO 1609 DE 2002
Decreto 332 de 2004: se organiza el Régimen y el Sistema para la Prevención y Atención de Emergencias en Bogotá Distrito Capital
Decreto 043 de 2006: Por el cual se dictan disposiciones para prevenir riesgos en los lugares donde se presenten aglomeraciones de público
DECRETO 1295 DE 1994
El Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan. Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.
LEY 1562DE 2012
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS La Ley 1562 del 2012 modifica algunas funciones de las Administradoras de Riesgos, menciona temas importantes para los trabajadores como la definición de accidente de trabajo y enfermedad laboral.
CIRCULAR 001 DE 2000, MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Las Administradoras de Riesgos Profesionales deben asesorar a todas sus empresas afiliadas en la conformación, adiestramiento y capacitación de las Brigadas de Emergencia (alarmas y controles, evacuación, incendio y primeros auxilios), y planes de emergencia, así como en el proceso de información y motivación a todos los trabajadores de las empresas sobre la importancia de dichas brigadas.
También incluye Conformación y funcionamiento de las brigadas de emergencia, trabajo en alturas, espacios confinados, medidas de seguridad personal para actos violentos, prueba de embarazo, exámenes médicos ocupacionales, funcionamiento de los comités paritarios de salud ocupacional, ejecución de los programas de salud ocupacional, protección frente a la radiactividad y radiaciones ionizantes, protección frente a sustancias químicas peligrosas.
Conformación, adiestramiento y capacitación de las brigadas de emergencia. (planes de emergencia y evacuación, incendio, primeros auxilios, alarmas y controles):
RESOLUCION 3052 DE 2013
Que de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y 127 de la Ley 9o de 1979, todo lugar de trabajo deberá disponerse de personal adiestrado, métodos, equipos y materiales adecuados y suficientes para la prevención y extinción de incendios; así como tener las facilidades y los recursos necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2o de la Ley 1523 de 2012, la gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano; y en cumplimiento de esta responsabilidad, las entidades públicas, privadas y comunitarias desarrollarán y ejecutarán los procesos de gestión del riesgo.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 614 de 1984, el subprograma de medicina del trabajo, que conforma el Programa de Salud Ocupacional, debe propender por mantener
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