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PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2012  •  17.491 Palabras (70 Páginas)  •  466 Visitas

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PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

Capítulo I

Disposiciones Generales

Objeto

Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto desarrollar los principios, valores, fines y Procesos fundamentales de la educación universitaria y regular la organización, estructura, gestión y funcionamiento del Subsistema de Educación Universitaria, como parte integrante del Sistema Educativo de la República Bolivariana de Venezuela, cuya rectoría ejerce el Estado Docente, para garantizar los fines de la educación universitaria.

Ámbito de aplicación

Artículo 2. Esta Ley se aplica a la sociedad y en particular a las personas naturales y jurídicas, instituciones universitarias de carácter oficial, las de gestión popular, las de gestión privada y demás organizaciones que componen el Subsistema de Educación Universitaria.

Definición de la educación universitaria

Artículo 3. La educación universitaria se define como:

1. Un derecho humano universal y un deber social fundamental, orientada al desarrollo del potencial creativo, y liberador del ser humano y de la sociedad.

2. Un bien irrevocablemente público, al servicio de la transformación de la sociedad, en función de la consolidación de la soberanía, defensa integral e independencia nacional, el fortalecimiento del Poder Popular y del diálogo de saberes, el desarrollo territorial integral, el modelo productivo endógeno y sustentable, la unión e integración de los pueblos de América Latina y El Caribe, la solidaridad y la cooperación con los pueblos del Sur y del mundo, la preservación de los equilibrios ecológicos y de todas las formas de vida en el planeta, en el marco de la construcción de una sociedad socialista.

3. Un proceso de formación integral e integrado para la creación intelectual y la interacción con las comunidades, en tanto totalidad que permite la producción, distribución, circulación y apropiación de conocimientos, saberes, valores y prácticas, expresados en el compromiso social, ético y político de las instituciones de educación universitaria con la consolidación de una cultura democrática, participativa, protagónica, socialmente justa e igualitaria.

4. Una estrategia organizada para explorar, estimular y desarrollar el pensamiento transformador, mediante la aplicación de diversas formas de creación, re-creación y transferencia de conocimientos en el marco del diálogo de saberes, valores, actitudes, habilidades, destrezas, normas, reglas, hábitos, creencias, prácticas morales, tradiciones, formas de conducta, de interpretar, investigar, ver y actuar; orientado hacia la construcción del bien colectivo.

5. Conjunto de procesos, estructuras, programas y ambientes de formación flexibles y en permanente recreación, especialmente concebidos para la continuación y profundización de estudios posteriores al nivel de educación media, en la concepción de la educación permanente a lo largo de toda la vida.

Principios y Valores

Artículo 4. La educación universitaria se rige por los principios de autonomía, carácter público, gratuidad, democracia participativa y protagónica, calidad, pertinencia, innovación, inter e intraculturalidad, universalización, universalidad, territorialidad, diversidad, igualdad y propugna la conducta ética como sentido del bien común; así como por los otros principios y valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica de Educación.

1. Autonomía: Es el principio y jerarquía que otorga a la universidad la competencia para dirigir la acción del gobierno universitario en los términos establecidos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación, la presente Ley y demás leyes de la República y ajustada al Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia. La autonomía comprende el ejercicio ético de su competencia regido por los principios de cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad en el cumplimiento de su elevada misión, para el resguardo de la identidad, la integridad territorial y la soberanía de la Nación.

2. Carácter público: la educación universitaria tiene carácter público, en todos sus niveles y modalidades, independientemente de las formas de gestión de sus instituciones; el conocimiento que crea, comunica, transforma y acciona, constituye un bien social común.

3. Gratuidad: la educación universitaria será gratuita en las instituciones de carácter oficial hasta el nivel de pregrado.

4. Democracia participativa y protagónica: el ejercicio de la participación protagónica y corresponsable de toda la comunidad universitaria constituye un principio orientador y organizador para la consecución de los fines, procesos y funciones de la educación universitaria.

5. Democratización del ingreso a las instituciones de educación universitaria: todo egresado y egresada del nivel de educación media tiene derecho a ingresar a cualquier institución de educación universitaria, de acuerdo a lo establecido por el Estado Docente. En consecuencia, ninguna institución universitaria podrá imponer otros requisitos o mecanismos que violen este principio.

6. Calidad: Es la cualidad de los procesos de la educación universitaria en su capacidad para resolver problemas concretos de la realidad social en permanente transformación, en la búsqueda del bien común, fundamentada en la creación, recreación, preservación, apropiación, transformación, divulgación y aplicación social de saberes y conocimientos, permitiendo el desarrollo integral del ser humano y de la Nación.

7. Pertinencia: Es la relación consustanciada de los procesos de la educación universitaria con el desarrollo integral, soberano y sustentable del país.

8. Innovación: Es la capacidad para crear, re-crear y aplicar conocimientos y saberes en función de transformar la realidad, en el resguardo y la defensa integral de la soberanía y de los equilibrios ecológicos del planeta.

9. Interculturalidad e Intraculturalidad: es una concepción de la educación universitaria que visibiliza, reconoce y reivindica a los pueblos originarios, comunidades afrodescendientes y la influencia de otras culturas, sus historias, idiomas, cosmovisiones, valores, saberes, conocimientos y mitologías, entre otros, así como también sus formas de organización social, política y jurídica existentes, todo lo cual constituye patrimonio de la Nación.

10. Universalización: es el proceso de inclusión que permite el ejercicio efectivo del derecho de todos y todas a una formación integral en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional, para el desarrollo pleno de las capacidades humanas.

11. Universalidad: es el

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