PRUEBA DE PERITO
Enviado por Roinielysf15 • 20 de Agosto de 2013 • 250 Palabras (1 Páginas) • 226 Visitas
Diferencia entre el perito y el testigo.
1. El testigo declara sobre hechos pasados que él ha percibido, el perito sin embargo sobre hechos presentes y los valora.
2. El perito tiene que tener unos conocimientos especiales, el testigo no, solo conocer de los hechos que ha percibido.
3. El perito comparece al acto por mandato o citación, en cambio el testigo puede acudir espontáneamente.
4. El número de peritos es dos, el de testigos es ilimitado.
5. El perito declara sobre conocimientos científicos, el testigo declara sobre lo visto, oído o percibido.
6. El perito se impugna por recusación, el testigo se impugna por tacha.
Promoción de la Experticia.
De conformidad con el art. 396 CPC; la experticia, como medio de prueba que al fin y al cabo lo es, debe ser promovida durante todo el lapso de promoción, antes de su conclusión. Hay que observar que la experticia sobre el objeto del litigio sólo podrá ser promovida en el lapso de promoción; pero la experticia sobre otros medios de prueba, resulta lógico que pueda ser promovida una vez que sea producida la prueba, por ejemplo, la prueba de cotejo será promovida luego de aportado el instrumento privado; o la experticia sobre la incapacidad mental del testigo podrá ser promovida luego de que ese testigo incapaz haya rendido testimonio.
La promoción deberá hacerse por escrito o mediante diligencia, pero en todo caso se indicará con claridad y precisión los puntos sobre los cuales debe efectuarse. De igual manera la experticia puede ser promovida de oficio, en los casos permitidos por la ley
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