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PRUEBA PERICIAL EN MATERIA MERCANTIL.


Enviado por   •  24 de Junio de 2015  •  Tesis  •  407 Palabras (2 Páginas)  •  561 Visitas

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Época: Décima Época

Registro: 2003717

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Tipo de Tesis: Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Libro XX, Mayo de 2013, Tomo 3

Materia(s): Civil

Tesis: I.5o.C.17 C (10a.)

Página: 2049

PRUEBA PERICIAL EN MATERIA MERCANTIL. REQUISITOS LEGALES NECESARIOS PARA SU OFRECIMIENTO (INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 1253, FRACCIONES I, II Y III, DEL CÓDIGO DE COMERCIO).

De las exposiciones de motivos relativas a las reformas legales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y seis, así como el diecisiete de abril de dos mil ocho, que establecieron diversas exigencias necesarias para lograr el debido ofrecimiento de la prueba pericial, se aprecia que las razones fundamentales que llevaron al legislador ordinario a modificar la norma en comento, no sólo tuvieron como objeto establecer expresamente nuevas exigencias formales, así como la sanción en caso de su incumplimiento, sino que se basaron en la idea general de conseguir una mejor regulación procesal de la sustanciación del citado medio de convicción, a fin de dotar de mayor seguridad jurídica al ciudadano; por lo que para interpretar debidamente los reales alcances jurídicos de los requisitos contenidos en las fracciones I, II y III del citado numeral, deben tomarse en cuenta también los objetivos generales de las aludidas reformas, consistentes en lograr tanto la actualización y depuración de las normas procesales, buscando restituir el sano equilibrio entre las partes, así como la agilización y eficacia de los procesos mercantiles, expeditando la impartición de justicia. Por consiguiente, al aplicarse el citado artículo en un proceso mercantil, para verificar el cumplimiento de los requisitos procesales que contiene en sus primeras tres fracciones, deben ponderarse adecuadamente las circunstancias que rodean la sustanciación de la prueba como son la forma de requerir y dar cumplimiento a las exigencias aludidas, la verificación de si en autos consta que la pericial ha sido desahogada en todas sus etapas, así como la importancia o relevancia que tiene dicho medio de convicción para la solución de la litis del asunto, pues la revisión de esos aspectos hará posible lograr, en mayor medida, las finalidades generales buscadas con las reformas legales en materia mercantil que incluyeron los requisitos de referencia.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 231/2012. Bertha Alicia Paz de Tate, y otros. 16 de agosto de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández Ruiz de Mosqueda. Secretario: Hiram Casanova Blanco.

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