Prueba Confesional En Materia Mercantil
Enviado por DannySR • 3 de Noviembre de 2013 • 1.034 Palabras (5 Páginas) • 1.870 Visitas
PRUEBA CONFESIONAL
• Concepto.
La palabra confesional deriva del vocablo confesión que deriva de la expresión latina confessio, confessionis. En una primera acepción alude a la “declaración que uno hace de lo que sabe, espontáneamente o preguntado por otro”. En su significado forense se refiere a la declaración que hace a parte ante el juez.
El verbo confesar implica una conducta que entraña la aceptación personal de haber sido actor de un acontecimiento o la admisión de saber algo.
Es de la esencia de la confesión que el sujeto que la realiza reconoce la certeza de ciertos hechos que a él se le atribuyen. Hacer manifestación de hechos que los sujetos agentes son personas diferentes al que los enuncia, es dar testimonio y no confesar.
En la Curia Filipica Mexicana, se indica que “la confesión es el reconocimiento que uno de los litigantes hace en perjuicio suyo, del hecho que alega su adversario. La naturaleza del hecho puede explicar la fuerza de la confesión, porque si versa directamente sobre el fondo del negocio controvertido, el litigio podrá quedar completamente terminado; mas si recae sobre algún artículo será tanto mayor su eficacia cuanto más intima sea su conexión con el punto principal.
Demetrio Sodi, manifiesta que a la confesión los antiguos lo llamaban “probatis probatisima” por ser considerada a su tiempo como la más eficaz y la más selecta de todas las pruebas. Apunta que las “Leyes de Partida” a denominaban “CONGNOESCENCIA”. La define como el reconocimiento claro y explicito de los hechos alegados por el contrario o del derecho del mismo, verificado por uno de los litigantes ante juez o tribunal competente, en la forma prevista por la ley.
Consideramos que no siempre existe reconocimiento claro y explicito en la confesión ya que existe la confesión tacita así como la ficta.
• Elementos de la prueba.
Son elementos del concepto propuesto:
a) Se trata de un medio de prueba. La prueba confesional tiene como objetivo la demostración de los hechos aducidos por alguna de las partes.
b) Forma parte de la estructura básica de la prueba confesional que este medio probatorio se realice sobre la exigencia sine qua non de que el peso de la prueba recaiga sobre uno de los sujetos que tenga el carácter de parte en el proceso
c) En la prueba confesional, la parte a cuyo cargo se ha propuesto la confesión, debe tener una injerencia obligada que la orienta a hacer un pronunciamiento expreso o tácito.
d) A través de la prueba confesional se trata de obtener por quien la ofrece, un reconocimiento expreso total y claro, de parte de quien tiene a su cargo la prueba confesional pero, los resultados no son siempre aceptables o favorables para quien ha ofrecido la prueba
e) La prueba confesional exige que los hechos respecto de los que se produce la manifestación de parte, han de ser hechos propios. Si se refiere a hechos ajenos seria un testimonio y no una confesión.
f) Por otra parte, en la prueba confesional al igual que en otras pruebas el pronunciamiento que se exige se haga por una de las partes, al desahogarse la prueba, deberá versar sobre los hechos que integran la litis y no sobre hechos ajenos a ella.
En conclusión podemos definir a la confesión, como un medio de prueba en cuya virtud
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