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PRUEBA PERICIAL


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2014  •  Ensayo  •  781 Palabras (4 Páginas)  •  202 Visitas

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PRUEBA PERICIAL

La prueba pericial será admisible cuando un hecho controvertido requiera que peritos acudan para el esclaresimiento de los hechos.

El juez podrá hacerse asistir por péritos a un cuando las partes no lo pidan.

La parte que ofresca la prueba pericial designará al périto y precisará los puntos que resolverá el périto.

El juez dará a la contraparte que ofrecio el périto un plazo de de 3 dias, para que realice las preguntas correspondientes que le harán al périto y en ese mismo plazo se debe designar al mismo. El périto nombrado por las partes deberán informar por escrito la aceptacion para asisitir a la audiencia, deberán manifestarlo dentro de los tres dias siguientes en que se le notifique que ha sido designado.

Las partes pueden perder el derecho a designar péritos cuando; el périto no acepte el cargo dentro de los tres dias siguientes en que se le notifique que ha sido designado.

El périto podrá dictar su dictamen fundamentando sus conclusiones y podrá acompañar con dibujos, planos, muestras u otros anexos que sirvan.

El périto que no concurra a la audiencia sin causa alguna, será acreedor de multa.

Cuando el périto designado por el juez tenga alguna relacion con las partes, estos deberán excusarse.

Los honorarios del périto deberá ser pagados por la parte que lo nombro y el que designe el juez será pagado por la parte que solicito la prueba.

INSPECCION JUDICIAL

La inspeccion judicial es ofrecida a solicitud de parte o por orden del juzgador, para verificar inspecciones de lugares, cosas, muebles e inmuebles y personas.

Al ofrecer la prueba de inspeccion judicial, la parte que la ofresca deberá indicar el material u objeto a inspeccionar, asi como cual será el hecho que se pretende aclarar con la inspección.

Al momento de la inspeccion podrán acudir las partes, sus representates o patronos, tambien podrán acudir péritos si se requiere conocimientos especiales o cientificos.

La inspección será prácticada por el juez o por el secretario u otro funcionario que indique el juzgador.

Durante la inspección el juez podrá oir testigos para obtener informes, a un cuando dichos testigos no hayan sido designado antes.

En la inspeccion podrán ejecutarse planos calcas o copias, que se tomen fotografias, gravaciones de videos etc. A los objetos, documentos o lugares que se precisen.

Se levantará un acta de la inspección, la cual la firmarán quienes hayan asistido. En el acta se asentarán los puntos que motivaron la inspeccion, las observaciones, declaraciones de testigos y péritos para esclareser los hechos.

La inspección judicial las partes la pueden pedir como prueba superviniente.

DECLARACION DE PARTE

El codigo de procedimientos civiles, estipula en su

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