Prueba Pericial
Enviado por mayerlis • 29 de Marzo de 2012 • 1.651 Palabras (7 Páginas) • 1.353 Visitas
PRUEBA PERICIAL
Perito: Es la persona versada en una ciencia y arte u oficio, cuyos servicios son utilizados por el juez para que lo ilustre en el esclarecimiento de un hecho que requiere de conocimientos especiales científicos o técnicos.
Peritaje: Es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado para luego entregar su informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley.
Prueba Pericial: Es la que surge del dictamen de los peritos, que son personas llamadas a informar ante el juez o tribunal, por razón de sus conocimientos especiales y siempre que sea necesario tal dictamen científico, técnico o práctico sobre hechos litigiosos.
Prueba pericial es un medio de prueba que se practica en el proceso por quien no es parte y que posee una serie de conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, para el esclarecimiento de los hechos.
La finalidad de la misma es la de aportar al Juez los conocimientos especializados, científicos o prácticos que son necesarios para conocer o apreciar convenientemente los hechos controvertidos en el proceso.
Clases de exámenes periciales:
• Médica: cuando es necesario determinar la causa de una lesión o la entidad de la misma, así como el tiempo estimado de recuperación y el grado de la misma.
• De biología forense.
• Balística: en el caso de armas de fuego.
• Contable: cuando hay que realizar operaciones contables tales como balances, cuentas y demás.
• Fotográfica: a la hora de valorar este medio.
• Odontológica: es de gran utilidad cuando hay un cadáver irreconocible y se examinan todas las piezas dentales.
• Dactiloscópica: para valorar las huellas dactilares encontradas en la escena de un delito.
• Toxicológica: se realiza cuando existe una muerte sospechosa.
• Física.
• Química.
• Psiquiátrica: requiere la intervención de un perito médico que valora el estado mental del acusado. Ha de realizarse siempre que el juez tenga dudas sobre la salud mental del procesado, puesto que sino la sentencia sería nula.
El documento del dictamen pericial comprende tres partes:
a.- Descripción de la persona o cosa, objeto del examen, indicando su estado en el momento de realizar el examen.
b.- Relación de las operaciones practicadas, indicando el método científico empleando así como los resultados.
c.- Conclusión a que han llegado en vista del examen pericial y como resultado de haber aplicado los principios científicos indicados.
Las garantías de la prueba pericial son los siguientes:
Número: La ley ordena que se nombren dos peritos, a fin de que sean dos pareceres y puedan aportar mayores conocimientos en el examen a practicar.
Competencia: La Ley pide que se nombren profesionales y especialistas; sólo si no lo hubiere, el Juez designará a persona a personas de reconocida honorabilidad y competencia en la materia.
PRUEBA JURADA
La prueba de posiciones juradas es una actividad típica del interrogatorio de parte. Las posiciones juradas son las preguntas que integran el interrogatorio al que se somete la parte contraria. En otras palabras, las posiciones juradas son la calificación que se le da a una actividad procesal probatoria que persigue la declaración de parte sobre hechos de los cuales se tenga conocimiento personal, mediante el interrogatorio de la parte contraria
Se denomina declaración jurada a la manifestación personal, verbal o escrita, donde se asegura la veracidad de esa misma declaración bajo juramento ante autoridades administrativas o judiciales. Como consecuencia se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo contrario.
La institución de la declaración jurada ha sido establecida por diversos sistemas jurídicas, tanto de Common law como del Derecho continental, en gran parte para dar rapidez a ciertos trámites legales, sustituyendo transitoriamente a la presentación de documentos escritos o testimonios de terceros, mediante una presunción iuris tantum (que admite prueba en contrario).
La importancia de la declaración jurada se halla en el hecho que permite abreviar procedimientos tanto ante autoridades judiciales como administrativas, y al mismo tiempo genera una responsabilidad legal para el declarante en caso que la declaración jurada resulte ser contraria a la verdad de los hechos que se acrediten posteriormente, equiparando la declaración jurada con un efectivo juramento o promesa de decir la verdad. Este último elemento puede tener consecuencias a nivel penal en los ordenamientos jurídicos que consideran al perjurio (o violación de juramento) como un delito, o en los países que imponen castigos penales o administrativos para quien formula cualquier declaración falsa ante ciertas autoridades.
En la mayoría de sistemas jurídicos que la aceptan, la declaración jurada es un elemento determinado sólo para algunos supuestos específicamente previstos en la norma jurídica, para evitar una utilización excesiva que eventualmente pueda generar situaciones de abuso de derecho. Una declaración jurada se diferencia de la declaración simple en que ésta última genera una responsabilidad menor para el declarante que miente
...