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Para la colocación de los accesorios, a petición de cliente, el empresario acude a los servicios de varios autónomos que suelen trabajar para él.


Enviado por   •  21 de Mayo de 2017  •  Trabajo  •  882 Palabras (4 Páginas)  •  197 Visitas

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Caso práctico[pic 1]

Trabajo: Suministros Martínez

La empresa Suministros Martínez S.A. es una pequeña empresa de suministros de fontanería que se dedica a la venta y colocación de todo tipo de accesorios de baño. La plantilla consta de 7 trabajadores: 2 comerciales, 2 administrativos y 3 operarios de almacén.

La empresa cuenta con una amplia experiencia y está formada por un equipo humano altamente cualificado, ofreciendo una amplia gama de servicios y especializada en el suministro y colocación de:

  • Sanitarios
  • Mamparas de baño y ducha
  • Muebles de baño y accesorios
  • Grifería
  • Hidromasaje
  • Línea para minusválidos

Para la colocación de los accesorios, a petición de cliente, el empresario acude a los servicios de varios autónomos que suelen trabajar para él.

El empresario y gerente de la empresa dispone de formación básica en PRL y suele estar de forma habitual en el centro de trabajo.

Preguntas del profesor

Con los datos facilitados en el caso práctico y los que necesites extraer de la unidad, responde a las siguientes cuestiones:


  1. En primer lugar, indica los criterios legales que serían de aplicación en este caso, indicando las disposiciones y artículos relacionados.

Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el empresario deberá garantizar la salud y seguridad de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con su trabajo, para lo cual habrá de:

  • Elaborar, implantar y aplicar un plan de prevención de riesgos laborales.
  • Evaluar los riesgos.
  • Planificar y ejecutar la actividad preventiva.

Derivada de estas obligación el empresario, la Ley de Prevención de Risgos Laborales, establece,  tiene la misión de proteger a sus trabajadores de los riesgos detectados deberá de:  

  • Proporcionar a los trabajadores medios o instrumentos para prevenir o evitar el riesgo.
  • Dar órdenes e instrucciones concretas para la utilización, de los medios e instrumentos.
  • Vigilar y controlar su utilización correcta utilización de los mismos.

Según el R.D. 39/1997 En atención al número de trabajadores y a la naturaleza y peligrosidad de las actividades realizadas, podrá gestionar la prevención de las siguientes formas:

  • Asumiendo personalmente por el empresario.
  • Designando trabajador/es para su desarrollo.
  • Contratando los servicios de un Servicio de Prevención Ajeno.
  • Constituyendo un Servicio de Prevención Propio o Mancomunado.

Artículo 4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Punto 1º Obligación por parte del empresario de realizar las actividades o medidas previstas para evitar o disminuir el riesgo.

Artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales:

Punto 1º Aplicar las medidas que integran el deber general de prevención.

Punto 4º Proteger al trabajador aplicando medidas preventivas que prevean, incluso, «las distracciones que pudiera cometer el trabajador»

  1. ¿Estaría el empresario cumpliendo con la normativa que hemos analizado en el apartado uno? Y en todo caso, ¿qué debería de realizar para dar cumplimiento a dicha normativa?

El enunciado, no habla de la documentación que tiene la empresa en materia preventiva. Desde el inicio de la actividad (siempre y cuando existan en ese momento trabajador o trabajadores) se deberá cumplir con la legislación en materia preventiva. Tampoco informa si existe concierto con un SPA, si el empresario ha asumida la prevención ..... es decir falta la definición de modalidad preventiva por parte de la empresa.

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