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Parcial derecho civil 1 ubp.


Enviado por   •  25 de Mayo de 2016  •  Examen  •  1.655 Palabras (7 Páginas)  •  1.023 Visitas

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                                DERECHO CIVIL I        

PARCIAL I

  1. Exprese desde el punto de vista jurídico qué se entiende por Código. Señale cuál es a su juicio la importancia que tiene el método de un cuerpo normativo y describa cuál siguió el codificador argentino.  (20 puntos)

I) Código es un cuerpo orgánico y sistemático de proposiciones jurídicas que atañen a una determinada rama del derecho que está estructurado según un método. El método de un cuerpo normativo es muy importante, ya que la conducta del hombre se encuentra regida por diversas reglas, algunas derivadas del Derecho (normas jurídicas), otras derivadas de la moral o ética, otras derivadas de la religión, otras de los usos sociales (normas de buen trato o decoro), etc. Siempre que el hombre se encuentre en un estado de convivencia social estará regido por alguna regla o norma, las normas expresan lo que debe ser, no lo que es. El cuerpo normativo jurídico no es un simple agregado de normas, es un todo ordenado  y  jerarquizado que expresa lo prohibido, lo permitido y lo obligatorio.

El codificador argentino Dalmacio Vélez Sarsfield compuso su magna obra tomando como fuente  el esbozo expuesto por el sabio jurisconsulto brasileño Texeira de Freitas, quien  incluye un Libro General que precede a todos los libros especiales y en el Código Civil de Vélez Sarsfield  no tiene un libro general, su obra está diseminada en los tres primeros libros.

El codificador Vélez Sarsfield para la realización de su obra toma como fuente el método elegido por Freitas, consistiendo en un método Bipartito: Formado por dos supremas categorías que distingue a dos tipos de derechos: Derechos absolutos y  Derechos relativos.

Absolutos: proyectados respecto de los bienes, del patrimonio, son los llamados derechos reales. Derechos reales son aquellos en que ninguna persona es individualmente sujeto pasivo del derecho, un derecho real es aquel que da la facultad de sacar de una cosa cualquiera un beneficio mayor o menor. Ejemplos: Derecho de propiedad, de condominio, de uso y habitación.

Derechos relativos: proyectados  respecto de los bienes, del patrimonio, son los llamados derechos personales o también derechos de crédito o simplemente obligaciones. El derecho personal es aquel en que una persona es individualmente sujeto pasivo del derecho. Ejemplos: Derecho de crédito u obligaciones a través del cual uno es el acreedor y el otro el deudor.

El autor del Código Civil pone gran énfasis en destacar la contraposición entre el derecho personal y el derecho real. Éste es el principio clasificador supremo en que se inspira Vélez Sarsfield, para componer su obra.

  1. En forma de sinopsis  explique los efectos de la Ausencia con Presunción de Fallecimiento en relación a los bienes y al matrimonio del   ausente. Analice las consecuencias de su reaparición (20 puntos)

I) Dentro del Código Civil en el régimen instituido por la Ley N° 14.394  Se dispone respecto a los bienes de la persona declarada ausente con presunción de fallecimiento: que dichos bienes entran en posesión los que fueren herederos a la fecha de declarado el día presuntivo de fallecimiento, bajo inventario y en calidad de propietarios, y el derecho de dominio deberá ser inscripto en el registro correspondiente.

Entran en posesión los bienes en calidad de dueños pero tan sólo gozan de la facultad de administrar y hasta podrán repartirse los bienes; pero para enajenarlos o gravarlos necesitan autorización judicial. Los herederos gozan de un dominio revocable ya que si reaparece el ausente  se le deben entregar los bienes,  en el estado en que se encuentren, o los que con el valor de ellos se hubiesen comprado; pero no podrá exigir el valor de los consumidos, ni las rentas o intereses percibidos por los que hubiesen tenido la posesión definitiva.

Respecto al matrimonio con firme sentencia judicial que declara la muerte presunta, el conyugue del ausente recupera su capacidad nupcial y puede contraer nuevo matrimonio.

Las consecuencias respecto a los bienes sería la restitución de los mismos al titular, dependiendo del período en que realice su aparición.

Respecto a las consecuencias en cuanto al matrimonio, el conyugue recupera su capacidad nupcial desde el día del fallecimiento con sentencia judicial, aunque no se disuelve la sociedad conyugal hasta tanto no contraiga nuevas nupcias.

  1. El Sr. Carlos Estévez tiene 50 años de edad, y padece una afección llamada "pie diabético" que le ha generado  una gangrena que afecta  su pie derecho. Por este motivo  se encuentra  internado en el Hospital Zonal de la ciudad de La Plata. Luego de una exhaustiva evaluación, el equipo médico tratante, le informa  que la  única terapia  para esa afección es la amputación del miembro hasta la rodilla. Carlos se niega terminantemente a dar su consentimiento para la cirugía. Ante esta negativa, el Dr. Juan Sánchez,  Director  del hospital solicita al  Juez de turno la autorización para efectuar la amputación al paciente. A Ud. Como Juez de la causa se le plantean los siguientes interrogantes:
    Fundamente sus respuestas
    a) ¿Cuál es el  derecho subjetivo que se encuentra comprometido en el caso? Dé una noción del mismo.
    b) ¿Ud. Cómo resolvería  la cuestión planteada? (30 puntos)

3) a) El derecho subjetivo que se encuentra comprometido es un derecho especial que es el derecho a la integridad corporal y se refiere a que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.

 La Ley 17.132  Del ejercicio de la medicina en su artículo 19, habla de que los profesionales de la salud están obligados a respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de inconciencia, tentativas de delitos o de suicidio. En las operaciones mutilantes se solicitará la conformidad por escrito del enfermo (consentimiento informado), salvo cuando la inconciencia o alineación o la gravedad del caso no admitiera dilaciones, en los casos de incapacidad los profesionales requerirán la conformidad del representante del incapaz.

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