ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Participación De Los Trabajadores En La Empresa


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2013  •  1.359 Palabras (6 Páginas)  •  398 Visitas

Página 1 de 6

Libertad y Derecho de Coalición:

El derecho de coalición consiste en juntar, reunir, agrupar a las personas para un fin determinado y en el caso específico del derecho del trabajo, agrupar a los trabajadores para la defensa de sus intereses actuales comunes.

Otros autores tales como paul pic expone que se designa con el nombre de coalición, la acción concertada de cierto número de trabajadores o de patronos, para la defensa de sus derechos o de sus intereses comunes. Por otro lado Mario de la Cueva sostiene que coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes.

Guillermo Cabanellas nos dice: La coalición que en significado amplio equivale a unión, alianza o liga y a pacto o convenio para una acción determinada o un fin concreto, constituye un concierto o acuerdo entre trabajadores o entre patronos para plantear un conflicto colectivo de trabajo.

Etapas de la libertad y derecho de coalición:

Se señala de haber pasado por 4 etapas:

• Prohibición

• Tolerancia

• Reconocimiento por la legislación ordinaria y;

• Reconocimiento constitucional.

Elementos de la Coalición:

• Temporalidad; La unión concertada de un grupo de trabajadores o de patronos; La modificación de las condiciones de trabajo; y la defensa de sus derechos e intereses comunes.

Características de la Coalición:

• Carácter Circunstancial: La coalición se formaba espontáneamente por la arenga de algún líder en las fábricas, con el objeto de protestar contra alguna disposición arbitraria o solicitar al patrono alguna mejora en las condiciones de trabajo.

• Un fin concreto: La coalición perseguía un fin específico y concreto.

• Falta de reconocimiento jurídico: En las primeras épocas del derecho del trabajo, la coalición no tuvo reconocimiento legal.

• Extinción: Cuando e ha obtenido el fin concreto que motivó su integración, la coalición desaparece.

Libertad y Derecho de Asociación:

Libertad Sindical:

Guillermo Cabanellas expone: la libertad sindical constituye especie del Derecho de Asociación, el que para fines lícitos y pacíficos suele reconocerse a todos los habitantes de un país, como facultad de aunar sus fuerzas con las de sus semejantes en una o más actividades, mediante la creación de organismos que no tengan el lucro por divisa.

La libertad sindical o de asociación profesional puede enfocarse en dos sentidos:

• Colectivamente: Consiste en la facultad legal para constituir asociaciones profesionales, representativas de una o más actividades, para defensa, organización o mejora del sector o sectores agremiados.

• Individualmente: Se refiere a la facultad de cada uno de los que intervienen, en la esfera laboral, como empresarios o trabajadores, para afilarse a una asociación profesional o para abstenerse de permanecer a entidades de tal carácter, sin trascendencia positiva ni negativa para los derechos y deberes de quien se asocia o de quien no se incorpora.

Libertad Colectiva de Asociación Profesional:

Es la facultad que tienen los trabajadores organizados para fundar una asociación profesional; así como para redactar y modificar sus estatutos y reglamentos internos, y en general, para organizar a la entidad, elaborar y realizar su programa de acción en la lucha de clases, sin injerencias ajenas a los trabajadores.

Libertad colectiva de asociación profesional negativa:

Es la facultad que tienen los trabajadores para no fundar el sindicato o disolver el existente; no fundar la federación o confederación o salirse de ellas; para no afiliarse o desafiliarse de una central obrera del país o internacional.

Libertad Individual Positiva de Sindicación:

Es la facultad para afiliarse al sindicato único o al sindicato de su predilección en los casos de pluralismo.

El Derecho Individual de Asociación Profesional se divide en tres aspectos:

• La libertad positiva de asociación profesional, o sea, la facultad de ingresar y permanecer en un sindicato.

• La libertad negativa de asociación profesional, o sea, la facultad de permanecer ajeno a toda asociación profesional, o de no afiliarse a ningún sindicato.

• La libertad de separarse del grupo que hubiere ingresado, o sea la facultad de renunciar, segregarse de la organización sindical.

La Libertad Sindical:

Es el derecho que se le reconoce a todos los habitantes de un país, para aunar sus fuerzas con las de sus semejantes en una o más actividades lícitas y pacíficas, mediante la creación de organismos colectivos que puedan actuar con garantías en representación y en pro de sus afiliados, y que no tengan por finalidad el lucro.

Libertad Sindical Colectiva:

Es

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (9 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com