Pasos De Una Investigacion De Accidentes De Trabajo
Enviado por sakuralit • 29 de Mayo de 2012 • 2.247 Palabras (9 Páginas) • 1.514 Visitas
¿Cuándo se investiga el accidente o incidente?
Siempre que ocurra en el ámbito de la Universidad de Salamanca alguno de los hechos descritos en este documento, accidente o incidente se realizará la investigación pertinente. La investigación debe realizarse lo antes posible, para poder recoger información de primera mano. Identificar al accidentado y a los testigos para conocer lo antes posible la o las causas del accidente, de modo que se puedan establecer con prontitud las medidas preventivas necesarias para evitar que el accidente se repita.
Para ello se comunicará el accidente inmediatamente a la Unidad de Salud y Relaciones Laborales de la Universidad de Salamanca, mediante la HOJA DE NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES, que estará a disposición de todos los trabajadores de la Universidad en la pagina web:
http://www3.usal.es/personal/unidadsalud.htm
El responsable del Centro, Departamento, Servicio, Unidad o Sección, donde ocurre el accidente o incidente debe rellenar la hoja y enviarla por correo interno o electrónico a la citada Unidad.
¿Quién realiza la investigación?
La Ley de Prevención de Riesgos laborales establece que toda empresa debe tener un sistema de organización de la prevención de riesgos, en la Universidad de Salamanca se establece Servicio de Prevención Propio como órgano de carácter técnico para todo lo relativo a la implantación y control de la prevención de riesgos en el ámbito de la misma.
Por ello la investigación de accidentes e incidentes se llevarán a cabo por los Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad, con el apoyo de los responsables directos de las personas o del lugar donde a ocurrido el hecho, u otro personal relacionado con el caso (el propio accidentado o los testigos directos del accidente).Una vez que la comunicación de accidente ha llegado a la Unidad de Salud, realizarán la investigación del accidente o incidente sucedido. Serán los Técnicos los encargados de realizar la toma de datos y la redacción del informe correspondiente.
Dado que el objetivo principal y último de toda investigación es identificar las causas del accidente y éstas suelen ser múltiples, de distinta tipología e interrelacionadas, es necesario profundizar en el análisis causal a fin de obtener de la investigación la mejor y la mayor información posible, de modo que se puedan establecer e implantar las medidas correctoras necesarias para lograr la “no repetición” del mismo accidente o similares.
Sistema de investigación del accidente
Notificación del accidente
Se establece un sistema para que toda la comunidad universitaria participe en la investigación.
Como ya se ha comentado en puntos anteriores una vez que el accidente ha acontecido, y lo más rápidamente posible, se comunicará el hecho a la Unidad de Salud y Relaciones Laborales mediante la “Hoja de notificación de accidentes” (anexo I). Este documento será rellenado por el responsable del Centro, Departamento, Servicio, Unidad o Sección donde ocurre el accidente y se enviará por correo interno o electrónico a la citada Unidad.
Realización de informe de investigación
Una vez que los técnicos de la Unidad han recibido la notificación del suceso, se pondrán en contacto con las personas responsables del departamento o servicio donde ha ocurrido, con el accidentado y las personas presentes en el accidente, iniciando la toma de todos los datos necesarios para el análisis de los acontecimientos y proceder a la redacción del “INFORME DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTE”.
Dicho informe recogerá los datos necesarios e imprescindibles para cumplir con la finalidad para la que se realiza la investigación: identificar las causas de los accidentes y facilitar la mejora de la planificación y gestión de la prevención, en ningún caso buscará culpables.
Este informe reflejará como mínimo los siguientes datos:
— Identificación del accidentado (nombre y apellidos, edad, puesto de trabajo, experiencia en el puesto).
— Lugar donde se produjo el accidente.
— Agente material causante (causas directas y causas indirectas del accidente).
— Lesiones o pérdidas materiales producidas.
— Incorporará la propuesta de medidas correctoras a implantar para que los riegos queden eliminados y no vuelva a ocurrir el accidente, o minimizar la consecuencias, en caso de que el riesgo no pueda eliminarse por no haberse alcanzado el desarrollo técnico necesario para poder controlarlo.
Todos estos datos están registrados en el “Modelo de investigación de accidente para la Universidad de Salamanca” (anexo II).
Una vez realizado el informe, éste se entregará al responsable del lugar donde tubo lugar el accidente, explicándole las conclusiones obtenidas de dicha investigación y poniendo en su conocimiento las medidas correctoras a poner en marcha para que no vuelva a repetirse. Se establecerá también quien es el responsable en cada caso de que dichas medidas se pongan en marcha.
Registro de accidentes e incidentes
Los resultados de la investigación de incidentes y accidentes serán registrados y archivados como parte de la documentación relativa a prevención de riesgos laborales.
La Ley de Prevención de Riesgos establece en su art. 23 que el empresario debe elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo.
La no realización de las investigaciones y el registro de resultados está considerado como una infracción grave según el art. 12.3 y 12.4 del Real Decreto Legislativo 5/2000 que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
La Universidad de Salamanca registrará y archivará estos documentos en la Unidad de Salud Laboral y Relaciones Laborales y este registro estará a disposición del Comité de Seguridad y Salud y de lo Delegados de Prevención ya que, la Ley de Prevención en su art. 39.2 c) faculta al citado Comité para conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas y el art. 36.2 c) dice que los Delegados de Prevención serán informados por el empresario sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores, una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, aún fuera de su jornada laboral, en el lugar de los hechos para conocer las circunstancias de los mismos.
Estadística anual
La ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 23 “Documentación”, establece
...