Personalidad
Enviado por Lucrecia27 • 23 de Marzo de 2015 • 297 Palabras (2 Páginas) • 166 Visitas
ARTICULO 8. Elementos del municipio. Integran el municipio los siguientes
elementos básicos:
a) La población.
b) El territorio.
c) La autoridad ejercida en representación de los habitantes, tanto por el Concejo
Municipal como por las autoridades tradicionales propias de las comunidades
de su circunscripción.
d) La comunidad organizada.
e) La capacidad económica.
f) El ordenamiento jurídico municipal y el derecho consuetudinario del lugar.
g) El patrimonio del municipio.
ARTICULO 9. Del concejo y gobierno municipal. El Concejo Municipal es el
órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales
cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de
decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal. El gobierno
municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual es responsable de ejercer la
autonomía del municipio. Se integra por el alcalde, los síndicos y los concejales,
todos electos directa y popularmente en cada municipio de conformidad con la ley de
la materia.
El alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes,
programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.
ARTICULO 10. Asociación de municipalidades. Las municipalidades podrán
asociarse para la defensa de sus intereses y el cumplimiento de sus fines generales y
los que garantiza la Constitución Política de la República, y en consecuencia, celebrar
acuerdos y convenios para el desarrollo común y el fortalecimiento institucional de las
municipalidades.
Las asociaciones formadas por municipalidades tendrán personalidad jurídica propia y
distinta de cada municipalidad integrante, y se constituirán para la defensa de sus
intereses municipales, departamentales, regionales o nacionales y para la
formulación, ejecución y seguimiento de planes, programas, proyectos o la
planificación, ejecución y evaluación en la ejecución de obras o la prestación de
servicios municipales.
Las Asociaciones de Municipalidades a nivel departamental, regional o nacional se
regirán por las disposiciones del presente Código y los estatutos que se les aprueben,
pero en todo caso, las municipalidades que las integran estarán representadas por el
alcalde o por quien haga sus veces.
...