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Plan de formación continua Policía Local de Torrevieja


Enviado por   •  11 de Abril de 2016  •  Trabajo  •  12.214 Palabras (49 Páginas)  •  286 Visitas

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Plan de formación continua

Policía Local de Torrevieja

2016-2017

  1. INTRODUCCIÓN

La Policía Local de Torrevieja, fue creada en 1855, lo que la convierte en uno de los Cuerpos Policiales más antiguos de España, ha sabido actualizarse y adecuarse a las necesidades de los ciudadanos del siglo XXI en sus destrezas, procesos, protocolos y en su decidida apuesta por la innovación y las nuevas tecnologías.

Para llevar a cabo y consolidar estos desafíos, nuestro punto de partida -y también nuestro horizonte- no es otro que las propias personas.

Por un lado los policías, sin cuya profesionalidad e iniciativa no sería posible función policial alguna, por otro lado los ciudadanos a quienes atendemos con actuaciones proporcionadas y ponderadas tratando de solventar sus problemas cotidianos y haciendo que nuestro ámbito ciudadano sea más seguro y mejore día a día.

La sociedad contemporánea requiere una Policía próxima a los vecinos, basada en sólidos principios éticos, que sepa conjugar tradición y vanguardia, que dé cobertura a las múltiples necesidades de una realidad plural y que solucione los problemas cotidianos. Para ello, el policía local debe estar formado y preparado para acometer las necesidades diarias de la ciudad. Una formación adecuada, moderna y actual es la base para que la organización mantenga los niveles de aceptación que demanda nuestra sociedad. Con este fin se prepara el presente Plan de Formación Continua para la Policía local de Torrevieja.

Los Cuerpos de Policía Local son Institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, basándose, en cuanto a su régimen estatutario, por los Principios Generales de los caps. II y III tít. I y por la Sec. 4ª cap. IV tít. II de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de Marzo, de Fuerzas y Cuerpos  de Seguridad, con la adecuación que exija la dependencia de la Administración correspondiente, las disposiciones dictadas al respecto por las Comunidades Autónomas, y los reglamentos específicos para cada Cuerpo y demás normas dictadas por los correspondientes Ayuntamientos.

Por lo que respecta al ejercicio de los derechos sindicales, y en atención a la especificidad de las funciones de dichos Cuerpos, les será de aplicación la ley que se dicte en cumplimiento de lo establecido en la Disp. Adic. 2ª apartado 2 LO 11/1985 de 2 agosto, de Libertad Sindical.

Será también de aplicación a los miembros de dichos Cuerpos lo dispuesto, respecto a los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, en el art. 41.3 de la presente ley, si bien la facultad que en el mismo se atribuye a las Juntas de Seguridad corresponderá al Gobernador Civil respectivo.

FUNCIONES DE LOS CUERPOS DE LA POLICÍA LOCAL

  1. Proteger a las autoridades de las Corporaciones locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
  2. Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
  3. Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
  4. Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
  5. Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el art. 29.2 de esta ley.
  6. La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  7. Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
  8. Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
  9. Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

La Policía Local de Torrevieja la componen 176 funcionarios policiales distribuidos en las siguientes escalas y categorías:

  • 1 Intendente-Jefe.
  • 3 inspectores Responsables  de Unidad.
  • 14 Oficiales.
  • 162 Agentes de Policía.

Con el fin de desarrollar las funciones encomendadas, la Policía Local de Torrevieja se halla dividida en cinco  grandes Unidades.

UNIDAD DE ATESTADOS:

Encargada de la elaboración de informes y atestados dirigidos a la Autoridad Judicial por causas Penales, especialmente los delitos contra la Seguridad del tráfico.

INSPECTORES: 1

OFICIALES: 3

AGENTES: 16

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UNIDAD DE GESTIÓN:

Elaboración de informes internos, gestión y tramitación de denuncias realizadas por las unidades de la Policía Local, asuntos relacionados con el propio personal, así  como lo referente a Educación Vial y servicios periféricos de la central de la Policía Local.

INSPECTORES: 1

OFICIALES: 1

AGENTES: 15

La sección de denuncias se encuentra integrada en la Unidad de gestión y tiene como principal misión la de:

  • La tramitación de expedientes sancionadores, incoados por la comisión de infracciones de tráfico, de competencia municipal.
  • La tramitación de expedientes sancionadores, incoados por infracciones a la Ordenanza Reguladora de la Actuación Municipal en relación con la venta, dispensación, suministro y consumo de bebidas alcohólicas.
  • La tramitación y realización de subastas de vehículos que, por diversos motivos, se encuentran en los Depósitos Municipales y no han sido retirados por sus propietarios.
  • La gestión de permisos y autorizaciones relacionadas con el acceso de vehículos al Centro Histórico de la Ciudad.

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UNIDAD DE INTERVENCIÓN POLICIAL:

Vigilar los espacios públicos, evitando la comisión de actos delictivos y de ejercer las tareas de policía administrativa.

INSPECTORES: 1

OFICIALES: 6

AGENTES: 56

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UNIDAD DE DISTRITOS:

Mantener la seguridad y la convivencia vecinal en el distrito asignado, así como la regulación del tráfico en la zona de su competencia,  denuncia de las infracciones observadas en materia de tráfico y policía administrativa y seguridad en las zonas escolares de los distritos asignados.

INSPECTORES: 1

OFICIALES: 2

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