Pluralismo Económico
Enviado por juanc7pd • 12 de Abril de 2013 • 605 Palabras (3 Páginas) • 2.589 Visitas
El Pluralismo económico en la constitución
En el Tercer título de la Constitución del 1993, se encuentra todo lo relacionado a nuestro régimen económico, es decir, a nuestra Constitución económica. Ésta sección es la que más se ha transformado desde la anterior Carta Magna y se debe a que es la economía la que se encarga de modernizar el país al establecer reglas más eficientes de mercado. En esta parte se fija la estructura y funcionamiento de la actividad económica del país. En el primer capítulo se exponen los llamados principios generales, los cuales son ocho, y al ser normas constitucionales no pueden ser alteradas normas de menor rango.
El Estado peruano ha optado por el sistema capitalista cuyas características son básicamente tres: el espíritu de lucro, la competencia entre las unidades económicas del mercado, y la racionalidad y tecnicismo en la actuación de las mismas. Y en este sentido se inclina al neoliberalismo al poner el funcionamiento del mercado un lugar primordial. A la vez que también actúa como lo que se llama un Estado policía ya que vigila y regula las actividades de las distintas unidades económicas.
Las normas contenidas en esta parte de la Constitución no atienden en su conjunto el ordenamiento jurídico de nuestro país pero sí expresan lo esencial. Lo nuevo viene dado por el tema del medio ambiente y los derechos del consumidor. Asimismo se recogen normas especiales sobre las comunidades campesinas y el agro.
La actual Constitución Política del Perú sobre la iniciativa del estado en la actividad empresarial menciona lo siguiente:
“Artículo 60° de la Constitución Política del Perú.- El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.
Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal.”
Este pluralismo es la posibilidad de que en el mismo sistema económico coexistan diversas formas empresariales: privadas, cooperativas, autogestionarias, comunales, públicas, mixtas, de capital nacional, de capital extranjero, etc. La existencia de cada una de ellas debe ser regulada y protegida por el Estado. En materia de organización económica de las personas, el Estado no puede tener preferencias y debe ser neutral, combatiendo el monopolio en sus diferentes modalidades que lo único que conlleva es perjudicar al consumidor. Desde luego, la empresa pública y la extranjera tienen ciertas regulaciones especiales.
Hoy en día es notorio que el Estado quiere deshacerse de las llamadas empresas estatales, las cuales se multiplicaron durante el gobierno del militar Juan
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