Poder De Familia
Enviado por GALT • 11 de Octubre de 2013 • 411 Palabras (2 Páginas) • 321 Visitas
MELVIN ARMANDO LOPEZ GRANADOS, de cuarenta y siete años de edad, empleado, del domicilio de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, portador de su documento únicos de identidad número cero un millón siete mil ciento treinta y seis-dos y con número de identificación tributaria cero seiscientos dieciocho-ciento sesenta mil quinientos sesenta y seis- cero cero uno- cuatro; a usted con todo respeto le EXPONGO:
Que por este medio confiero PODER ESPECIFICO DE FAMILIA, con base al Artículo Once Inciso Segundo de la Ley Procesal de Familia, amplio y suficiente en cuanto a derecho fuere necesario, a favor de los Licenciados JOSE ALBERTO DURAN, Mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Tarjeta de Identificación de Abogado Numero nueve mil novecientos setenta y nueve, JESÚS PRUDENCIO LARA GUERRA, mayor de edad, Abogado, del domicilio de Ilobasco, departamento de Cabañas, con Tarjeta de Identificación de Abogado Número diez mil quinientos setenta y seis; y JOSÉ MARIO ALEGRÍA CRUZ, Mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Carne de Abogado Número Cuatro mil cincuenta y seis, para que actúen en forma conjunta o separadamente, a efecto de que en nuestro nombre y representación promuevan, sigan y fenezcan, PROCESO DE DECLARATORIA DE PATERNIDAD, que está regulado en el articulo ciento cuarenta y seis inciso primero del Código de Familia, para que se pronuncie en contra de la pretensión de la señora MARTA LILIAN MARTINEZ CRUZ, de treinta y un años de edad, modista, del domicilio de Tonacatepeque, facultando a mis apoderados para que conjunta o separadamente puedan acudir a dicho Juzgado a las audiencias que conforme a la ley se requieran, pudiendo tomar las decisiones que consideren. Además los faculto para conciliar, transigir, allanarse, y desistir dentro del proceso, de conformidad a lo establecido en los Artículos Diez, Once, Cuarenta y siete, Cuarenta y ocho Literal D, Ochenta y cuatro, y Noventa de la Ley Procesal de Familia. De igual manera para que me representen en caso no pueda acudir a las Audiencias respectivas y en vista de ello le otorgo a mis apoderados las facultades que señala el Artículo Cien de la Ley Procesal de Familia; por lo que a usted PIDO:
A) Se me admita el presente escrito;
B) Tenga por nombrados como mis Apoderados a los Licenciados JOSE ALBERTO DURAN, JESÚS PRUDENCIO LARA GUERRA y JOSÉ MARIO ALEGRÍA CRUZ para que actúen en forma conjunta o separadamente.
Apopa, diez de Octubre dos mil trece
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