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Poder demanda


Enviado por   •  22 de Julio de 2019  •  Documentos de Investigación  •  384 Palabras (2 Páginas)  •  72 Visitas

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Señor(a): 

JUEZ CIVIL MUNICIPAL DE CALI (REPARTO)

E.        S.        D. 

Referencia:

Poder especial para adelantar proceso  declarativo verbal  
de responsabilidad civil contractual de menor cuantía.

GLORIA ANGELA RAIGOSA CORREA, mayor de edad, identificado con cedula de ciudadanía  No.31.935.376 expedida en Cali Valle, HUGO ALEJANDRO CORREALES RAIGOSA, mayor de edad, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.143.865.004, expedida en Cali, manifestamos a usted que mediante el presente escrito, otorgamos poder especial, amplio y suficiente al Doctor CHRISTIAN FELIPE GRIJALBA BARBOSA, mayor de edad y de ésta vecindad, identificado con la C.C. No. 1.107.071.459 expedida en Cali (Valle del Cauca), abogado titulado y en ejercicio, portador de la T.P. No. 278900  del C.S.J. para que en nuestro nombre y representación, inicie, tramite y lleve hasta su culminación un PROCESO  DECLARATIVO VERBAL  DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL DE MENOR CUANTÍA ANTE la jurisdicción ordinaria civil (acción de indemnización de perjuicios) para que se declare responsables y condenados a  GRUPO INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO S.A. representado legalmente por el señor ENRIQUE WOLFF, o por quien haga sus veces debido a un accidente del que fue víctima la señora GLORIA ANGELA RAIGOSA CORREA, por un vehículo de placas VCR-711, marca CHEVROLET propiedad de GRUPO INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO S.A una de estas operadoras, el día 10 de diciembre de 2016, en la ciudad de Cali, el cual le genero grandes perjuicios tanto materiales como inmateriales.

Mi apoderado queda ampliamente facultado para recibir, transigir, desistir, conciliar total o parcialmente, sustituir y reasumir, renunciar, presentar recursos, cobrar y en general, realizar todas las actuaciones y diligencias pertinentes que se entienden otorgadas por mandato de la Ley (artículo  77 de la ley 1564 de 2012), en especial la de estatuto  procesal vigente. Igualmente,  queda autorizado para solicitar el cumplimiento del acuerdo conciliatorio, inclusive ejecutivamente en caso de llegarse a un acuerdo.  

Por lo tanto, solicito comedidamente se le reconozca personería a mi apoderado  en los términos y para los efectos del presente poder.

Del señor Procurador,

GLORIA ANGELA RAIGOSA CORREA

C.C. No.31.935.376 expedida en Cali Valle

Victima principal

HUGO ALEJANDRO CORREALES RAIGOSA

C.C. No. 1.143.865.004, expedida en Cali

(HIJO DE LA VICTIMA)

Acepto,

CHRISTIAN FELIPE GRIJALBA BARBOSA

C.C. No. 1.107.071.459   de Cali (Valle).

T.P. No. 278900   del C.S.J.

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