Poderes notariales
Enviado por • 12 de Noviembre de 2013 • Ensayo • 378 Palabras (2 Páginas) • 216 Visitas
Poderes notariales
Un poder es un documento público autorizado por un notario que permite a una persona o empresa designar a otra como su representante en determinados actos jurídicos y materiales.
La persona que recibe el poder se compromete a actuar con lealtad y no tiene más responsabilidades que las que incluye el documento. Por tanto, no se le puede considerar como un contrato entre dos partes, ya que es unilateral: una persona (poderdante) otorga a otra (apoderado) la facultad de representarle cuando no esté presente.
No es necesario que el apoderado se encuentre físicamente en el lugar de la emisión del documento cuando se anule o revoque. La firma electrónica reconocida entre notarios permite remitir telemáticamente y de manera inmediata copias autorizadas de poderes entre diferentes puntos.
Su ámbito de aplicación es casi ilimitado y pueden revocarse sin ningún tipo de trabas en cualquier momento. El poder se puede revocar, con una indicación temporal expresa o mediante una escritura posterior.
Los poderes notariales españoles tienen reconocimiento internacional. La denominada Apostilla de la Haya permite que se reconozca la eficacia jurídica de un poder entre países firmantes del Convenio de la Haya (en la actualidad, muy pocos países no se han adherido a este tratado). La apostilla consiste en una anotación sobre el documento público notarial que certificará la autenticidad de los documentos públicos expedidos en otro país.
Clases de poderes
Existen diferentes tipos de poderes que permiten una redacción personalizada. Consulta al notario para asesorarte sobre cuál es el más adecuado para tus intereses.
El poder general. Permite a una persona facultar a otra para que pueda realizar en su nombre cualquier tipo de acto jurídico (con excepciones, como el testamento que es intransferible).
El poder especial. Puede referirse a un bien jurídico concreto sobre el que se va a realizar un acto o a las acciones concretas que se pueden materializar.
Otros. Existen poderes específicos para determinadas funciones: para pleitos (que facultan a un procurador para personarse en un juicio en nombre de alguien); para contraer matrimonio (si los cónyuges residen en lugares diferentes); para delegar en otro la decisión del tratamiento médico-quirúrgico aplicable cuando el paciente (poderdante) ya no pueda expresarse (testamento vital o documento con instrucciones previas que permite también nombrar apoderado a tal fin), y de administración de bienes.
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