Potestades tributarias del federalismo. derecho publico
Enviado por valepietra • 11 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 3.432 Palabras (14 Páginas) • 149 Visitas
2015 |
POTESTADES TRIBUTARIAS DEL FEDERALISMO |
DERECHO PÚBLICO |
BIBLIOGRAFÍA
MANUAL DE DERECHO TRIBUTARIO – Catalina García Vizcaíno
DERECHO CONSTITUCIONAL – Catalina García Vizcaíno
DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO – Rodolfo R. Spisso
TRATADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL (Tomo I y II) – Horacio Rosatti
Página oficial de Información Legislativa (http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/21108/texact.htm )
Página oficial de AFIP (www.afip.gov.ar/ )
Página oficial ATER (www.dgr-er.gov.ar/ )
Página oficial Municipalidad de Concordia (www.concordia.gob.ar/ )
POTESTADES TRIBUTARIAS DEL FEDERALISMO
- Derecho tributario
1.1. Concepto
1.2. División
- Poder tributario
2.1. Concepto
2.2. Características
2.3. Soberanía, autonomía y autarquía
- Tributo
3.1. Concepto
3.2. Clasificación
3.2.1. El impuesto
3.2.2. Las tasas
3.2.3. Las contribuciones
- Federalismo Tributario
4.1. Régimen del Federalismo Tributario
4.2. Tributos Nacionales
4.3. Tributos Provinciales
4.4. Tributos Municipales
4.5. Ley de coparticipación federal
- Derecho tributario
- Concepto
Conjunto de normas jurídicas que regulan los tributos en sus distintos aspectos y las consecuencias que ellos generan.
- División
El derecho tributario es un sistema que comprende varios subsistemas cuyo objetivo es lograr un conocimiento sistemático de esta rama jurídica para lo que es necesario subdividirlo o clasificarlo de la siguiente manera:
Derecho Tributario Constitucional: conjunto de normas y principios que surgen de las Constituciones y cartas, referentes a la delimitación de competencias tributarias entre distintos centros de poder (nación, provincias, estados) y a la regulación del poder tributario frente a los sometidos a él, dando origen a los derechos y garantías de los particulares (contribuyentes), las cuales representan, desde la perspectiva estatal, limitaciones constitucionales del poder tributario.
Derecho Tributario Interestadual: surge de la delimitación de competencias tributarias entre los distintos centros de poder y abarca los acuerdos interjurisdiccionales como las leyes-convenio y los convenios multilaterales.
Derecho Tributario Material o Sustantivo: regula los distintos aspectos sustanciales de la futura relación o vínculo jurídico que se unirá entre el Fisco y los sujetos pasivos en el ámbito de su poder de imperio con motivo de los tributos creados.
Es el llamado “Derecho de las Obligaciones Tributarias” y comprende el estudio del hecho imponible o hecho generador de tales obligaciones, las exenciones y los beneficios tributarios, los distintos elementos de las obligaciones tributarias (sujeto, objeto, fuente, discutible “causa” y elementos cuantitativos), los modos de su extinción, los privilegios y garantías. Además incluye las obligaciones de pagar anticipos accesorios por falta de pago en término y la relación de repetición (inversa a la relación tributaria).
Derecho Tributario formal o administrativo: complementa al derecho tributario material o sustantivo. Asimismo se lo denomina derecho de las determinaciones tributarias, ya que los referidos poderes se relacionan con la determinación. Está constituido por las reglas jurídicas dispuestas para comprobar si corresponde que el Fisco perciba de determinados sujetos la suma de un tributo y la forma en que este se transformara en un importe tributario líquido. También contiene las normas que al Estado le otorgan poderes de verificación y fiscalización.
Derecho tributario penal: comprende el conjunto de normas jurídicas referentes a la tipificación de los delitos e infracciones (ilícitas) tributarios y a la regulación de las sanciones.
Derecho tributario procesal: conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional del Estado para la aplicación del derecho tributario. Estudia la organización, composición, competencia y funcionamiento interno de los órganos que ejercen tal actividad, así como el régimen jurídico y la actuación de los sujetos procesales.
Derecho tributario Internacional: conjunto de normas que rigen las relaciones y situaciones tributariamente internacionales, a fin de evitar la doble imposición implementar medidas para prevenir y reprimir ilícitos tributarios, y coordinar los sistemas tributarios de los distintos países. Además está conformado por los tratados y convenios internacionales.
Derecho tributario comunitario: está constituido por las normas jurídicas aplicables a comunidades internacionales (ejemplo; mercado común del sur, Unión Europea, etc.), que procuren armonizar la legislación tributaria.
Es decir es un derecho de carácter supranacional, de aplicación directa a los estados miembros y a sus habitantes.
2. Poder tributario
2.1. Concepto
El Poder tributario o potestad tributaria consiste en el poder de imperio que tiene el Estado de dictar normas cuyo pago y cumplimiento será exigido a las personas a el sujetas, según la competencia espacial estatal atribuida. Está normado dentro de los límites constitucionales
Este no reconoce limitaciones excepto las que resultan de normas constitucionales, por lo tanto es la base de aplicación de cualquier clase de tributos.
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