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Preambulo (juicios Orales)


Enviado por   •  30 de Enero de 2012  •  440 Palabras (2 Páginas)  •  722 Visitas

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1.- Se establece como premisa que el imputado se encuentre libre durante el proceso y en esas condiciones debe acudir ante el juez de control a la primera audiencia, y solo en los casos de flagrancia, urgencia y orden de aprehensión será presentado en calidad de detenido y tiene como fin iniciar el procedimiento judicializado y cesan una vez que se ha formulado imputación

2.- La vinculación a proceso representa uno de los elementos más novedosos dentro del nuevo proceso penal, primero por que nos plantea la reducción de parámetros probatorios, y esa disminución de parámetros puede referirse a dos formas, la intensidad y la extensión de la prueba.

La intensidad se refiere a la disminución del grado de certeza al que debe llegar el juzgador a partir del contenido probatorio. La modificación de la intensidad de la convicción implica reducir la exigencia de certeza, a exigir una probabilidad en lo que se refiere a la existencia de los hechos. Sin embargo no es viable que únicamente se exija el elemento material del hecho delictivo, sino que se mantiene la exigencia de que se haga referencia a la totalidad de elementos del cuerpo del delito, (elementos objetivos, normativos y subjetivos) entonces esa reducción probatoria se refiere a la reducción de la intensidad, por lo que el juez debe valorar los datos de prueba, es decir es necesario que con los antecedentes expuestos por el Ministerio Público de establezcan DATOS DE PRUEBA que permitan establecer razonablemente la existencia de un hecho que la Ley establezca como delito.

DATO DE PRUEBA.- ES la referencia al contenido de un determinado medio de prueba, aún no desahogado ante el juez que se advierta idóneo, pertinente y que en conjunto con otros, suficientes para establecer razonablemente la existencia de un hecho delictivo y la probable participación del imputado. Estos datos de prueba se encuentran en la carpeta de investigación del Ministerio Público y de acuerdo con el sistema, con un control horizontal, en cuanto a su contenido.

Se mantiene entonces la extensión de la prueba cuando se establece que se entenderá que se ha establecido la existencia de un hecho delictivo, cuando los datos de prueba revelen razonablemente los elementos objetivos o externos descritos en el tipo penal, que constituye el elemento material del hecho que la ley califique como delito, así como los elementos normativos y subjetivos cuando la figura típica lo requiere.

Y Esos datos de prueba se presentarán al libre arbitrio judicial, y entonces el nuevo modelo de vinculación a proceso se fundamenta en el nuevo sistema de valoración de la prueba y que permite la continuación del proceso.

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