Preguntas Art. 98, 99 Y Décimo Del ISR
Enviado por carlos_vm94 • 11 de Junio de 2014 • 1.722 Palabras (7 Páginas) • 1.268 Visitas
LICENCIADO EN CONTADURÍA PÚBLICA
IMPUESTOS I
PRIMER PARCIAL
ACTIVIDAD 5
PREGUNTAS ARTS. 98, 99, OCTAVO TRANSITORIO Y SUBSIDIO PARA EL EMPLEO
MONTERREY, NL. A 8 DE JUNIO DEL 2014
1. ¿Cuántas fracciones tiene el capítulo 98?
- Tiene 4 fracciones.
2. La fracción uno de éste articulo habla sobre proporcionar los datos necesarios a las personas que les hagan los pagos a los que se refiere éste capítulo?
- Verdadero.
3. ¿De donde provienen las constancias de las que se hablan en la fracción dos de éste articulo?
- Fracción III del artículo 99 de ésta ley.
4. Se solicitará la constancia al empleador que haga la liquidación del año.
- Falso, no se requiere en la liquidación del año.
5. ¿Cuándo debe proporcionar las constancias el patrón al empleador (mencionadas en la pregunta 3)?
- Al mes siguiente de haberse empezado la presentación del servicio.
6. ¿De qué habla la fracción tres del artículo 98?
- Sobre en qué casos debe presentarse una declaración anual.
7. Se debe presentar declaración anual cuando además se obtengan ingresos acumulables distintos de los señalados en este Capítulo?
- Sí se especifica en el inciso a de ésta fracción.
8. Menciona otro caso en el que se tenga que presentar una declaración anual.
- Cuando se hubiera comunicado por escrito al retenedor que se presentará declaración anual (Inciso b).
9. Aunque se deje de trabajar antes del 31 de diciembre se tiene que presentar la declaración anual?
- Sí está especificado en el inciso c.
10. Cuando prestas servicios a dos o más empleadores no presentas declaración anual.
- Esto es falso, el inciso c de éste artículo específica que sí se presenta.
11. Si tu fuente de ingresos proviene del extranjero no se presenta declaración anual.
- Falso ya que el inciso d dice: Cuando obtengan ingresos, por los conceptos a que se refiere este Capítulo, de fuente de riqueza ubicada en el extranjero o provenientes de personas no obligadas a efectuar las retenciones del artículo 96 de esta Ley.
12. ¿Cuál es el monto de ingreso anual del que parte el hacer a fuerza una declaración anual?
- $400,000 anuales
13. Si tienes dos trabajos diferentes puedes obtener dos subsidios para el empleo?
- La respuesta es no sólo se puede pagar una sola vez éste subsidio.
14. Sobre que trata la primera fracción del artículo 99?
- Sobre efectuar las retenciones señaladas en el artículo 96 de esta Ley.
15. En la fracción dos del art. 99 dice que se debe calcular el impuesto anual de las personas que les hubieren prestado servicios subordinados, en los términos de que artículo?
- Del art. 97 de ésta ley (ISR).
16. Cuándo hay que expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo?
- En la fecha en que se realice la erogación correspondiente.
17. Dichos comprobantes podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a los que se refiere los artículos…
- Artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.
18. ¿A quiénes hay que solicitar, en su caso, las constancias y los comprobantes a que se refiere la fracción anterior?
- A las personas que contraten para prestar servicios subordinados.
19. A más tardar cuando se tienen que entregar dichas constancias y comprobantes?
- Dentro del mes siguiente a aquél en que se inicie la prestación del servicio.
20. ¿De qué deben cerciorarse los empleadores de ésta misma fracción al sobre las personas contratadas?
- Cerciorarse que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
21. Hablando de la misma fracción que más se le debe de solicitar a los trabajadores?
- Solicitar a los trabajadores que les comuniquen por escrito antes de que se efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales subordinados en el año de calendario de que se trate, si prestan servicios a otro empleador y éste les aplica el subsidio para el empleo, a fin de que ya no se aplique nuevamente.
22. En la fracción cinco del artículo 99, que se le debe de solicitar a las personas que contraten para prestar servicios subordinados?
- Que les proporcionen los datos necesarios a fin de inscribirlas en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritas con anterioridad, les proporcionen su clave del citado registro.
23. A más tardar ¿Cuándo se debe proporcionar , a las personas a quienes les hubieran prestado servicios personales subordinados, constancia y el comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario de que se trate, por los que se aplicó lo dispuesto en el artículo 93, fracción XVII de esta Ley?
- A más tardar el 15 de febrero de cada año.
24. Presentar, ante las oficinas autorizadas a más tardar el 15 de febrero de cada año, declaración proporcionando información sobre las personas que hayan ejercido la opción a que se refiere ¿qué fracción y de cuándo y cómo?
- La fracción VII del artículo 94 de esta Ley, en el año de calendario anterior, conforme
...