Preguntas de derecho penal
Enviado por thiago1994 • 28 de Octubre de 2021 • Apuntes • 1.248 Palabras (5 Páginas) • 90 Visitas
La prueba evidente o evidencia delictiva se define a partir de tres instituciones.
- El delito flagrante: se configura por la evidencia sensorial del hecho delictivo que se esta cometiendo o que se acaba de cometer en el mismo instante de ser sorprendido el delincuente, se conoce directamente tanto la existencia del hecho como la identidad del autor y se percibe al mismo tiempo la relación de este último con la ejecución del delito y se da evidencia patente de tal relación. Ya teniendo la evidencia esta exige la inmediata intervención
Las notas sutantivas que distingue la flagrancia delictiva son:
- Inmediatez temporal: esto quiere decir que la acción delictiva se este desarrollando o acabe de desarrollarse en el momento que se sorprende o percibe.
- Inmediatez personal: esto quiere decir que el delincuente se encuentre en el lugar del hecho en situación o en relación con aspecto de delito (objetos, instrumentos, efectos pruebas o vestigios materiales que proclamen su directa participación en la ejecución de la acción delictiva.
Las notas adjetivas que distingue la flagrancia delictiva son:
- La percepción directa y efectiva: esto quiere decir que fue visto directamente o percibido de otro modo como puede ser mediante material fílmico o fotografías o medio audio visual.
- La necesidad urgente de intervención policial: la cual se debe valorar siempre en función del principio de proporcionalidad a fin de que este evite intervenciones desmedidas o la lesión desproporcionada de derechos al fin con ellas perseguidas.
Nota: por lo demás la noción general del delito flagrante requiere una aplicación jurisdiccional siempre atenta a las singularidades del modo de verificación de cada concreta conducta delictiva.
según la doctrina procesalista reconoce tres tipos de flagrancia:
- Flagrancia estricta: esto quiere decir que el sujeto es detenido al momento de cometer el delito delictivo.
- Cuasi flagrancia: esto quiere decir que el individuo es capturado después de ejecutado el hecho delictivo.
- Flagrancia presunta: la persona es intervenida por la existencia de datos que permiten instruir la intervención.
- Delito confeso: por razones de simplificación procesal la regla para su admisión será la denominada confesión pura y simple. Esto quiere decir que el imputado voluntariamente admite los cargos imputados en su contra. Esto a de ser libre sin presiones, amenazas violencia intimidación o engaño. Y presentado en estado normal de las facultades psíquicas del imputado, así como con información del imputado de sus derechos: a demás debe rendirse lo siguiente:
- Debe rendirse ante el juez o fiscal en presencia del abogado del imputado.
- Debe ser sincera y verdadera y con ánimo de esclarecer los hechos.
- Ha de ser debidamente corroborado con otros actos de investigación.
LA CONFESIÓN CALIFICADA
Es decir la incorporación en el relato, del imputado es la aceptación de haber intervenido en los hechos atribuidos de circunstancias que tienden a eximir o atenuar la responsabilidad penal.
Es un principio debe descartarse como un supuesto de confesión idónea para el proceso inmediato.
- El delito evidente
Esta no tiene una referencia legislativa especifica. Sin embargo, con arreglo a su aceptación literal, es un delito evidente es aquel cierto, claro, patente y acreditado sin la menor duda.
LA AUSENCIA DE COMPLEJIDAD O SIMPLICIDAD PROCESAL
la base de esta institución procesal es, de un lado, la multiplicidad de imputados, agraviados, hechos delictuosa o actos de investigación que se requieran.
De otro lado , complejidad o la dificultad de realización de determinados actos de investigación tanto por el lugar donde debe realizarse o ubicarse la fuente de investigación, como por el conjunto o la pluralidad de actividades que deben ejecutarse.
U por la intervención en el delito de organizaciones delictivas con miembros de ella, lo que implica la exigencia de esclarecer un posible entramado delictivo.
La simplicidad de los actos de investigación y su contundencia desde un primer momento con la consiguiente rapidez en su tramitación como característica de este procedimiento permiten a pactar del proceso inmediato,
1 hechos complejos en virtud a su variedad de circunstancias al posible inicial equipo ciudad de determinados actos de investigación u a la presencia de vacíos en la acreditación de determinados pasajes importantes de los hechos
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