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Preparatorio laboral


Enviado por   •  3 de Mayo de 2017  •  Apuntes  •  6.054 Palabras (25 Páginas)  •  179 Visitas

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PREPARATORIO DE LABORAL.

  1. HISTORIA:

  • Esclavitud
  • Edad media
  • Socialismo (comunismo)
  • Capitalismo (imperialismo).

1647: Revolución Industrial, inicia jornada 24 horas sin legislación.

1780: Revolución Francesa, división tripartita del poder; igualdad, libertad y fraternidad

1848: 2da Revolución Francesa, nace el derecho colectivo, inicia el socialismo; después de ello nace la OIT

1919: Tratado de Versalles, inicia los derechos laborales dentro de sus arts. nacen las 8 horas laborales.

  1. PRINCIPIOS:

a) PRINCIPIO DE LIBERTAD DE TRABAJO:

Este principio se refiere a la posibilidad de los trabajadores de desempeñarse en la actividad laboral que a su libre albedrío escoja desempeñar.

b) PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO

Este principio tiene como objetivo que cada uno de los individuos aporte su fuerza laboral, convirtiéndose esto en una obligación social adquirida por el individuo en pro de la comunidad.

c) PRINCIPIO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO

la garantía ofrecida por parte del Estado a fin de salvaguardar el desarrollo del trabajo, en el marco del establecimiento de determinadas garantías, dentro de las cuales encontramos la organización institucional creada a fin de “prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y eficacia de sus derechos”.

d) PRINCIPIO DE IGUALDAD DE DERECHOS

todos los trabajadores deben ser tratados con las mismas normas y garantías, sin que exista la posibilidad de preferencias o beneficios de unos frente a otros, por razón de su carácter intelectual o su labor, es decir, que la normatividad que regula la materia se debe aplicar íntegramente a los trabajadores sin considerar aspectos subjetivos sino solamente la condición de trabajar.

e) PRINCIPIODEPRIMACIADELAREALIDAD

este principio se desplazan a un segundo plano las formas o apariencias a través de las cuales las partes hayan pretendido regular su relación de trabajo para dar preponderancia a las reales circunstancia fácticas que rodean la prestación de los servicios por parte del trabajador, haciendo que sean tales circunstancias las que produzcan efectos jurídicos dentro de la relación de trabajo.

f) PRINCIPIO DE ESTABILIDAD

El principio de la estabilidad supone que el trabajador, en desarrollo de su contrato de trabajo tiene derecho a que mientras se mantengan las causas que dieron origen al vínculo laboral, puede continuar prestando sus servicios, salvo que el empleador de por terminado el contrato de trabajo, en cuyo caso el trabajador tendrá derecho al reconocimiento de una indemnización. Es pertinente aclarar que en este sentido, las normas son proteccionistas si se tiene en cuenta que ofrecen una seguridad acerca de la permanencia de determinados trabajadores que por sus especiales características gozan de una estabilidad reforzada en sus empleos, dentro de estos trabajadores encontramos a las mujeres en estado de embarazo, personas discapacitadas o con algún tipo de limitación, entre otras.

g) PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD

Este principio permite dilucidar el conflicto suscitado a raíz de la posibilidad de aplicación de dos o más normas a un caso concreto, entendiendo que un conflicto de normas puede presentarse se elegirá aquella disposición o norma que resulte más benéfica para el trabajador, pues es éste el sujeto considerado como débil dentro de la relación laboral.

h) PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE BENEFICIOS MÍNIMOS, Y MÍNIMO DE DERECHOS Y GARANTÍAS.

el derecho del trabajo se construye sobre normas de orden público, lo cual implica que se imponga la irrenunciabilidad de los derechos otorgados por imperio de la ley, máxime cuando los mismos se caracterizan por constituir las prerrogativas mínimas a las cuales tienen derecho las personas como fruto de su trabajo.

i) LA CAPACITACIÓN, EL ADIESTRAMIENTO, Y EL DESCANSO NECESARIO.

La capacitación consiste en la adquisición de conocimiento en busca de la aptitud del trabajador en una labor distinta a la que normalmente desarrolla, y el adiestramiento como la misma adquisición de conocimientos para hacer al trabajador más apto en el desempeño de la labor que normalmente corresponde.

j) PROTECCION ESPECIAL A LA MUJER, A LA MATERNIDAD Y LA LACTANCIA.

La mujer embarazada y su hijo son sujetos de especial protección del Estado. Las normas constitucionales protegen a la mujer embarazada y la lactante, buscando de esta forma con los fundamentos constitucionales una igualdad real y efectiva entre los sexos en el ámbito laboral, y de otro una protección especial a la vida, a la familia y al cuidado de los menores cuyo derecho constitucional os derechos prevalecen sobre los demás.

La jurisprudencia constitucional ha reiterado que la mujer embarazada tiene un derecho constitucional a una estabilidad laboral reforzada o lo que se ha denominado el “fuero de maternidad” 

  1. LA EMPRESA EN EL DERECHO LABORAL.

  1. CONTRATO DE TRABAJO:
  1. DEFINICION:

Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.

Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, {empleador}, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.

Únicamente las personas naturales pueden ser sujetos pasivos del Contrato de Trabajo, es decir comprometerse a prestas un servicio personal a otra persona natural o jurídica; entre dos personas jurídicas nunca puede existir Contrato de Trabajo, pero si contratos civiles, mercantiles.

  1. ELEMENTOS:
  • Prestación personal del servicio; realizar actividades por parte de una persona, en beneficio de otra.
  • Subordinación o Dependencia; facultad del empleador de dar ordenes o instrucciones al trabajadores sobre el modo, tiempo, cantidad y calidad de trabajo
  • Remuneración o Salario; que corresponde a la retribución por el servicio prestado.

  1. TEORIA DE LA REALIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJO
  1. MODALIDADES: Lo podemos clasificar según su forma y según su duración.

FORMA:  

  • VERBAL: El empleador y trabajador deberán acordar la índole del trabajo y el sitio donde ha de realizarse; la cuantía , forma de remuneración, los periodos de pago  y la duración del contrato.
  • ESCRITO:  debe constar en un documento, destinándose uno para una de las partes y debe contener la identificación y el domicilio de ambos, el lugar y la fecha de su celebración, el lugar donde se contrata el trabajador y donde debe presta el servicio, la naturaleza del trabajo, la cuantía de la remuneración, su forma y periodos de pago y la estimación del valor cuando hay suministros de habitación  y alimentación como parte del salario; duración del contrato y terminación.

Ambos contratos tiene el mismo valor; siempre debe pactarse por escrito los sgtes acuerdos:

  • el periodo de prueba
  • el salario integral
  • los pagos convenidos por las partes y que no constituyen salario.

DURACION:

  • TERMINO FIJO: debe constar siempre por escrito, y su duración no puede ser superior a 3 años pero es renovable indefinidamente.

Si antes de la fecha del vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a 30 días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.

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