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Principios constitucionales y procesales que rigen el actual sistema procesal penal ecuatoriano


Enviado por   •  3 de Agosto de 2012  •  Ensayo  •  1.022 Palabras (5 Páginas)  •  1.105 Visitas

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Principios constitucionales y procesales que rigen el actual sistema procesal penal ecuatoriano.

A decir de Andrés Baytelman, las ideas-fuerza o valores que dan sustento al sistema acusatorio no pueden ser otros que los principios de inmediación, oralidad, concentración y continuidad, contradictoriedad, imparcialidad, presunción de inocencia y publicidad; de hecho, la nueva Constitución de la República del Ecuador ha adoptado estas directrices en los artículos 75, 76, 77, 86, 168, 169, 194 y 195, así, pues, el sexto de estos artículos es clave porque conceptúa al sistema procesal como un medio para la realización de la justicia, al tiempo que indica que las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal y harán efectivas las garantías del debido proceso.

A su turno, el artículo 75 recoge el derecho a un acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; por otra parte, el artículo 168, numeral 6, incorpora la oralidad, en concordancia con los principios dispositivo, concentración e inmediación, cuya aplicación debe darse en la sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias, con el principio de publicidad reconocido en los artículo 76, literal d) del numeral 7, y 168, numeral 5, y, además, con la presunción de inocencia establecida en este mismo artículo, en el numeral 2, cuyos contenidos esenciales se explican a continuación:

Principio de Inmediación.- La actividad probatoria debe ser apreciada directamente por el juzgador11, lo cual implica que tiene que existir un contacto directo entre el juzgador, las partes procesales y los terceros que intervengan en el proceso y entre todos ellos con las pruebas, ya que ello hace factible la mejor valoración de estas y, por consiguiente, una auténtica confrontación entre la acusación y la defensa, durante la etapa del juicio.

Principio de Oralidad.- Se sustenta en la inmediación y la contradictoriedad en la medida en que tiene relación directa con la audiencia oral en la etapa del juicio y permite que las personas declaren en forma espontánea, recurriendo a su memoria y mediante el uso de la palabra, de manera que los jueces puedan oírlas en forma directa.

Principio de Concentración y Continuidad.- Es otro soporte de la inmediación pues el juicio es la etapa principal del proceso penal y, como tal, debe desarrollarse en una sola audiencia oral pública, es decir, de principio a fin en una sola unidad, de modo que exista cercanía entre las partes y los operadores procesales para el acopio de evidencias y la evacuación de pruebas.

Principio de Contradictoriedad.- Permite que las partes procesales controlen y contraríen la actividad desplegada a lo largo del proceso penal, con base en los elementos de convicción y pruebas introducidas o sobre los objetivos del proceso, lo cual facilita la formación integral de la convicción del juzgador respecto a la culpabilidad o inocencia del imputado.

Principio de Imparcialidad.- Se trata de un principio dirigido de modo especial al rol del juzgador quien, al ser el responsable de resolver el conflicto penal sometido a su conocimiento, debe actuar guiado por un criterio libre de compromisos y de ideas

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