Problema De Mercantil
Enviado por pioneer1 • 1 de Diciembre de 2011 • 2.003 Palabras (9 Páginas) • 555 Visitas
En un despacho comparecen cuatro personas una de nombre Roberto Manzanares, José Flores, Ramiro Escorza y Dulio Davino, cuyas personas son socios de una empresa denominada JUGUETONTEJO S. R. L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada), en la cual el total son 14 accionistas, estas personas comentan al abogado que los atiende que por cuestiones fiscales ellos ya no quieren estar constituidos de dicha razón social, haciendo el hincapié de nuevamente que esto se debe a la masiva carga de cuotas que esta les genera y el fin u motivo de acudir a este despacho es de necesitar sus servicios de una forma precisa y seria, donde se nos haga un análisis a fondo donde nos digan que es lo que nos conviene, el costo que nos llevaría, el tiempo estimado sobre la tramitación. A lo que los abogados responden cambiar de sociedad y encontrar la razón social mas adecuada, es uno de lo que nos caracteriza ya que contamos con el personal adecuado para los servicios que ustedes nos requieren a su vez tendrán el informe mas detallado de cada un y a su vez que nos les genere tanta carga fiscal como en la que se encuentran ahora. A lo que los comparecientes responden que están de acuerdo y que les agradecerían que fuera lo mas rápido que se pueda y hacen el comentario de nuevo de que son catorce accionistas en total, y comentando que los restantes no están informados de dicho tramite que ellos planean hacer, el abogado contesta que ese seria un punto muy importante, que fuera la razón o motivo que fuese, tienen que enterarse ya que es un tramite de mucha seriedad, a lo que vuelven a responder, OK abogados de todas formas realicen el trabajo que les solicitamos no hay problema sus honorarios serán cubiertos satisfactoriamente , de que el abogado responde no hay problema cuenten con ello y en dos días tienen un excelente informe para que tomen la decisión correcta, a lo que los individuos responden muchas gracias en dos días nos vemos entonces de nuevamente gracias hasta luego. Regresan los cuatro individuos y el abogado los recibe y comenta lo siguiente que tal tengo su informe listo y explica que hay tres formas para hacer lo que solicitan.
1.- Vendan sus acciones y constituirse por su propia cuenta.
2.- Liquidar la sociedad.
3.- Transformarla entre todos los socios (Esto es si todos están de acuerdo).
Responden las personas OK abogados de esas tres cuestiones explíquenos el informe y en concreto lo que nos conviene más miren este es el informe como lo pueden ver revísenlo y a continuación se los explico lo más detallado para la decisión que ustedes decidan tomar:
INFORME
Requisitos de constitución:
Todas las sociedades mercantiles se deben constituir ante Notario o Corredor Público, aún cuando el código nos da otra opción por cuestión de tiempo, gastos y seguridad jurídica, la mencionada anteriormente es la manera más simple y segura.
¿Qué debe de contemplar la escritura o póliza constitutiva?
Los Estatutos, que son las reglas referentes a la organización y funcionamiento de la sociedad, los cuales a su vez se conforman de:
Nombre, domicilio y nacionalidad de los socios.
El objeto de la sociedad.
Su razón ó denominación social.
La duración.
Nacionalidad de la Sociedad.
Domicilio de la Sociedad.
Cláusula de admisión o exclusión de extranjeros.
Importe del Capital Social.
La forma de administrar la Sociedad.
Facultades de los Administradores.
Nombramiento de los mismos
La manera en que se habrán de repartir las utilidades y las pérdidas.
Diferencias más significativas de los 6 tipos de sociedades mercantiles:
Sociedad en nombre colectivo.− Es aquella que existe bajo una razón social, por otra parte los socios responden de una manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.
Esta es una sociedad que prácticamente ha desaparecido de la vida jurídica, esta integrada por dos tipos de socios los cuales pueden ser los socios industriales y los socios capitalistas.
Socios Industriales.− Los primeros aportan conocimientos y experiencia a la Sociedad, y que tienen la característica esencial que por Ley solo les corresponde una representación en la Asamblea, pero dicha representación tendrá igual valor a la del socio capitalista mayoritario, salvo disposición en contrario en los estatutos sociales, estos socios (los industriales), solo pueden exigir el pago de alimentos en una fecha determinada y que será a cuenta de utilidades.
Socios Capitalistas.− Como su nombre lo dice son aquellos que aportan el Capital y estos accionistas tienen además de los alimentos mencionados con anterioridad derecho a una prestación extra en virtud tanto de la;
Sociedad en Comandita Simple.− Es aquella que existe bajo una razón Social, y en la cual encontramos dos tipos de socios, los comanditados, los cuales pueden ser uno o más y responden de manera solidaria, subsidiaria e ilimitada de las obligaciones sociales y los comanditarios los cuales solo responden hasta por el monto de su obligación.
Sociedad de Responsabilidad Limitada.− Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones sociales, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables a la orden o al portador, pues solo son cesibles en los casos que expresa la Ley.
Aspectos más importantes:
Responsabilidad de los socios: De la propia definición podemos concluir que los socios no tienen otra obligación que no sea la del pago de sus aportaciones, tanto frente a la sociedad como frente a los acreedores de ella.
Obligaciones de los socios:
1.− Deben entregar a la sociedad las aportaciones principales y suplementarias que hubiesen convenido.
2.− Deben realizar las prestaciones accesorias que hubiesen pactado.
3.− Deben actuar con lealtad.
4.− Deben subordinar su voluntad a las mayorías. (Es cuando ellos escogen a las personas encargadas de la
Administración de la Sociedad, es lo que se conoce como mayoría de votos.)
5.− A soportar las pérdidas.
La razón o denominación social debe de ir seguida de las palabras Sociedad de Responsabilidad
Limitada o de sus abreviaturas S. de R. L.
Sociedad en Comandita por Acciones.− Es aquella en la que uno o
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