ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Procedimiento De Contestacion


Enviado por   •  2 de Julio de 2014  •  457 Palabras (2 Páginas)  •  285 Visitas

Página 1 de 2

I. ETAPA:

Presentación de Escrito de Personamiento.

Las partes, sea que comparezcan en su carácter personal, por Apoderado General Judicial u otro, o bien por Gestor Oficioso, el trámite es el siguiente:

a ) - Presentar Escrito de Personamiento en esa Oficina, acompañando del Poder correspondiente, si es Apoderado..

b) - Se le recibe el escrito con el presentado en un sello a la copia; y al Original la razón de presentación en la computadora.

c) - Se dicta auto, teniéndolos por personado a las partes y se pueden dar 2 situaciones: en el mismo se le corre traslado por 6 días a la parte recurrente para que exprese agravios, previamente firmado por el Presidente o Presidenta de la Sala y el Secretario o Secretaria de la misma o bien si la parte recurrida en su escrito de personamiento promueve un Incidente, se manda a oír a la otra parte del Incidente propuesto, por 3 días..

d) - En la primera situación, la parte recurrente se lleva el expediente en traslado, dentro de los 6 días, para expresar los agravios, asistida por su Apoderado o por un Abogado fiador de Autos.

e) Devuelve el expediente, junto con el escrito de expresión de agravios, al cual se le pone la correspondiente razón de presentado, en la forma indicada en el literal b).

f) - Si no lo devuelve, la otra parte presenta escrito para pedir la Devolución y en caso que no lo devuelva se dicta el Apremio Corporal.

g) Se dicta auto, pidiendo la devolución del expediente dentro de 24 horas, en caso contrario, pasa el Notificador retirándolo por la oficina del Abogado o bien, si todavía no lo devuelve se dicta un Auto, decretando Apremio Corporal en contra del Abogado que se lo llevó.

h)- Una vez devuelto el expediente, ya sea voluntariamente o por mandato, se le corre traslado por 6 días a la parte Recurrida, para que conteste los agravios .

i) - La parte recurrente se lleva el Expediente dentro de los 6 días, asistida por su Apoderado o por un abogado, fiador de autos.

j) - Si no lo devuelve, se da la misma situación contemplada en el literal f y g).

k) - Una vez devuelto el expediente, ya sea voluntariamente o por mandato, se dicta auto, dándose por conclusos los autos y se cita para sentencia.

l) - en la segunda situación, dentro de los 3 días concedidos, la parte recurrente, presenta escrito contestando el Incidente promovido, o bien puede no contestar.

ll) - En cualquiera de las 2 situaciones, estando el caso ya concluido se remite para su estudio al Presidente o Presidenta de la Sala Civil para que lo asigne a otro Magistrado de la Sala Civil.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com