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Procedimiento tributario 2014-2015


Enviado por   •  30 de Marzo de 2015  •  Informe  •  312 Palabras (2 Páginas)  •  283 Visitas

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Procedimiento tributario 2014-2015

Los responsables del impuesto a las ventas se dividen en dos grupos: Régimen común y Régimen simplificados.

En primer lugar hay que tener claridad que los dos son responsables del impuesto a las ventas. Esto quiere decir que los dos venden productos gravados con Iva y prestan servicios gravados con Iva.

Al régimen simplificado sólo pueden pertenecer las personas naturales que cumplan determinados requisitos.

Al régimen común pueden pertenecer personas naturales y personas jurídicas jurídicas.

Toda persona jurídica, por el sólo hecho de ser jurídica debe pertenecer al régimen común.

Los topes de ingresos y demás requisitos sólo aplican para las personas naturales, puesto que las personas jurídicas serán siempre del régimen común sin importar sus ingresos.

El régimen común está obligado a facturar, a cobrar Iva, a declarar y a llevar contabilidad. El régimen simplificado no está obligado a ninguna de ellas. [Se exceptúan los litógrafos pertenecientes al régimen simplificado que si deben facturar].

Los responsables del régimen común deben solicitar autorización para facturar. Los responsables del régimen simplificado no [Se exceptúan los litógrafos pertenecientes al régimen simplificado, puesto estos están obligados a facturar, y por consiguiente a solicitar autorización para ello]

Los responsables del régimen común deben declarar renta, los responsables del régimen simplificado por regla general no.

Pertenecer al régimen común implica estar formalizado, entre tanto el régimen simplificado se caracteriza por ser informal.

CONCEPTO

Comprende otros activos de la entidad que no han sido incluidos en los demás grupos de la clase Activo, como son los gastos pagados por anticipado, los cargos diferidos, los bienes de la entidad que no corresponde contabilizar en bienes de uso ni en bienes realizables, las operaciones pendientes de imputación, las cuentas recíprocas entre distintas oficinas y departamentos de la entidad y los activos intangibles representados por bienes incorpóreos.

CONCEPTO

En esta cuenta se registran los pagos efectuados por la entidad en concepto de gastos que aún no se han devengado.

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