Procedimientos Administrativos en Materia de Contribuciones
Enviado por carloskenzo12 • 9 de Enero de 2019 • Apuntes • 546 Palabras (3 Páginas) • 139 Visitas
MEDIDAS CAUTELARES
CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 157 DEL CNPP, ESTA DEFENSA SOLICITA QUE NO SE IMPONGA LA MEDIDA CAUTELAR QUE HA SOLICITADO LA FISCALIA, POR LAS SIGUIENTES RAZONES:
EN PRIMER TERMINO POR QUE VIOLA EL PRINCIPIO DE PRESUNCION DE INOCENCIA, PRINCIPIO SU SEÑORIA , QUE ES FUNDAMENTAL EN NUESTRO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL, ASI MISMO, EL INFORME SOBRE EL USO DE LA PRISION PREVENTIVA DE LAS AMERICAS, EL CUAL SE PACTO EN LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CONCLUYE QUE EL USO EXCESIVO E INFUNDADO DE ESTA MEDIDA CAUTELAR, ES VIOLATORIA DEL DERECHO DE TODO CIUDADANO A LA PRESUNCION DE INOCENCIA Y A LA LIBERTAD PERSONAL.
EN SEGUNDO TERMINO, ES VIOLATORIO DEL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD QUE NOS ESTABLECE EL ART. 156 DEL CNPP, PEUSTO QUE DICHA MEDIDA CAUTELAR NO ES LA IDONEA PARA EL CASO EN COMENTO, PEUS SI BIEN ES CIERTO, TAL COMO LO MENCIONA LA FISCALIA; EL SEÑOR NICOLAS MANRIQUE, NO TIENE UN DOMICILIO FIJO, TAMBIEN ES CIERTO, QUE DEL ESTUDIO REALIZADO POR LAS UMNIDAD DE MEDIDAS CAUTELARES, EL SEÑOR NICOLAS ES UNA PERSONA TRANQUILA, TRABAJADORA, Y SOBRE TODO , SIN NNGUN VICIO NOCIVO, ASI MISMO, DE ESTE ESTUDIO, SE DESPRENDE QUE NO EXISTIO INTENTO DE FUGA DURANTE LA DETENCION, CONCLUYENDO ESTE ESTUDIIO EN QUE EL SEÑOR NICOLAS CUENTA UNICAMENTE CON RIESGO MEDIO.
POR OTRO LADO, SI BIEN ES CIERTO QUE EXISTIO UN DELITO, NO MENOS CIERTO ES QUE LA VIOLENCIA QUE REFIERE LA FISCALIA, NO SE JUSTIFICA, TAN ES ASI QUE DE LA ENTREVISTA REALIZADA A LA OFENDIDA VERONICA, ÉSTA MENCIONA QUE EL SUJETO QUE SE METIO A LA CASA, EN NINGUN MOMENTO SACO NINGUN TIPO DE ARMA, ASI MISMO, DE LA ENTREVISTA INICIAL DE LA VICTIMA NUNCA SE MENCIONA ALGUNA ARMA, AUNADO A QUE EL CUCHILLO QUE MENCIONA LA REPRESENTACION SOCIAL, NO CUENTA CON CADENA DE CUSTODIA.
EN LA MISMA TESITURA, EL ART. 19 DE LA CPEUM NOS MENCIONA QUE EL JUEZ ORDENARA PRISION PREVENTIVA EN DELITOS COMETIDOS CON MEDIOS VIOLENTOS COMO ARMAS, O BIEN, EN DELITOS GRAVES, Y ESTOS EN NINGUN MOMENTO SE ACTUALIZAN.
ES POR LO ANTERIOR,EMTE EXPUESTO, QUE ESTA DEFENSA ESTIMA UNICAMENTE NECESARIO QUE SE IMPONGAN LAS MEDIDAS CAUTELARES EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:
LA FRACCION I DEL ART. 155 DE CNPP, ESTO ES, LA PRESENTACION PERIODICA ANTE UNA AUTORIDAD, ESPECIFICAMENTE TODOS LOS LUNES DE CADA SEMANA, PUES COMO SE DESPRENDE DE LA ENTREVISTA REALIZADA AL C. DARIO, EL DIA LUNES ES SU UNICO DIA DE DESCANSO, AUNADO A QUE SE ATIENDE AL TEMOR QUE HA REFERIDO LA FISCALIA ACERCA DE QUE EL C. DARIO PUEDA SUSTRAERSE DE LA ACCION DE LA JUSTICIA.
ASI MISMO, LA FRACCION VIII, LA PROHIBICION DE CONVIVIR, ACERCARSE O COMNICARSE CON LA SEÑORA BASTARRACHEA, YA QUE NICOLAS NO TIENE NINGUNA RELACION CON ELLA, POR LO QUE STA DEFENSA ESTIMA ESTA MEDIDA CAUTELAR COMO LA IDONEA PARA JUSTIFICAR EL TEMERO CITADO POR LA FISCALIA PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LA VICTIMA.
ES POR LO ANTES MENCIONADO, QUE ESTA DEFENSA SOLICITA SE IMPONGAN LAS MEDIDAS CAUTELARES EN LOS TERMINOS ANTES EXPUESTOS, PUES DE TAL FORMA SE ATIENDE AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD Y ASI MISMO NO SE SOSLAYA LO SOLICITADO PO R LA FISCALIA, EN CUANTO A QUE TIENEN EL TEMOR DE QUE EL SEÑOR DARIO SE PUEDA SUSTRAER DE LA ACCION DE LA JUSTICIA, O BIEN, PUEDA CAUSAR ALGUN DAÑO A LA VICTIMA.
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