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Proceso De Cumplimiento


Enviado por   •  14 de Mayo de 2015  •  10.146 Palabras (41 Páginas)  •  328 Visitas

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“AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION”

ASIGNATURA : DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL

DOCENTE :

TEMA : PROCESO DE CUMPLIMIENTO

ALUMNOS : NOVILLO CORDOVA GEYMA

INDICE

DEDICATORIA 3

INTRODUCCION 4

CAPITULO I - AMBITO DE ESTUDIO 6

CAPITULO II – PROCESO DE CUMPLIMIENTO 8

I. ANTECEDENTES 9

II. DEFINICION 11

III. FUNDAMENTOS DOCTRINARIOS DE LA ACCION DE CUMPLIMIENTO 12

IV. NATURALEZA JURIDICA 13

V. CARACTERISTICAS 14

VI. OBJETO 15

VII. SUJETOS 16

VIII. REQUISITOS 23

IX. SITUACIONES QUE NO DEBEN SER PROTEGIDAS VÍA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO

X. MOMENTOS PROCESALES 24

RECOMENDACIONES 25

CONCLUSIONES 34

BIBLIOGRAFIAS 36

ANEXOS 38

ANEXO N° 01 41

ANEXO N° 02 47

ANEXO N° 03 52

DEDICATORIA

El presente trabajo va dedicado aquel grupo de personas que día a día nos brindan su confianza, respeto y buen ánimo para salir adelante y cumplir nuestras metas. Nuestras familias.

INTRODUCCION

El proceso de cumplimiento no ha tenido la suerte de otros procesos constitucionales. En efecto, fue incorporado en la Constitución casi de casualidad y sin mayor debate. Asimismo, no obstante ser un “proceso constitucional”, en su seno se discuten asuntos carentes de relevancia constitucional. Su objeto protegido es compartido con un proceso tan importante y prestigioso como el contencioso - administrativo (incluso se ha dicho que este también podría ser tutelado mediante el amparo). La doctrina, por su parte, resalta que no se trata de un auténtico “proceso constitucional”, e incluso preferiría que no hubiera sido incorporado en el Código Procesal Constitucional. Finalmente, no ha convocado del Tribunal Constitucional la misma atención y dedicación que sí han merecido otros procesos constitucionales. No obstante su mala estrella, el proceso de cumplimiento era, hastahace poco, el proceso constitucional más utilizado después del amparo.

Permitió la tutela sostenida de derechos fundamentales, y luego uniformizar criterios para que los tenga en cuenta el juez del contencioso - administrativo (a quien se le encargó continuar con esta tarea tuitiva). En su interior se hizo (y se hace) un uso creativo de las reglas procesales constitucionales, lográndose la protección de auténticos bienes constitucionales. Asimismo, poco a poco va consolidándose como un auténtico “proceso ejecutivo” contra la Administración Pública, con las notorias ventajas que da estar regulado como un proceso constitucional. Con lo anotado, el proceso de cumplimiento debería ser valorado en sus justas dimensiones, atendiendo a sus posibilidades y límites reales, sin exigírsele más allá de lo que es o de lo que puede dar.

Estas posibilidades y límites solo podrán ser comprendidas una vez que reconozcamos cuáles son sus alcances y características, qué es exactamente lo que puede ser resuelto en su interior, y qué condiciones debe satisfacer aquello cuyo cumplimiento se demanda. Principalmente sobre estas cuestiones tratará el presente estudio, postergando otras por motivos de espacio y tiempo.

I. CONCEPTO GENERALES

1. Derecho

Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirada en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado.

2. Derecho Procesal

Es el conjunto de actos mediante los cuales se constituye, se desarrolla y determina, la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes, y las demás personas intervinientes; y que tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados, y en el derecho aplicable.

3. Derecho procesal constitucional

Es una rama del derecho que se encarga del estudio de las vías procesales que permiten la protección de la supremacía constitucional y de los derechos contenidos en la Constitución.

I. ANTECEDENTES

Si bien el nomen iuris “proceso de cumplimiento” (o “acción de cumplimiento”) es reciente y por ello no existe una tradición que apele a tal denominación, podemos seguir el rastro de instituciones análogas en el Derecho comparado, que tuvieron o tienen la misma finalidad de exigir a la Administración que cumpla o ejecute un mandato. Estos referentes, en parte, habrían inspirado la recepción y sobre todo la configuración de nuestro actual proceso de cumplimiento. Nos referiremos a algunos de mayor relevancia.

En primer lugar encontramos al writ of mandamus, institución del Derecho anglosajón que luego fue desarrollada en los Estados Unidos. Inicialmente estuvo referida a órdenes prevenientes del monarca. Así, el soberano inglés, en el manejo de la Administración Pública, emitía directamente mandamientos, misivas o cartas, documentos que recibieron la denominación latina de mandamus (s. XII).

Posteriormente (s. XIV), con el desarrollo del sistema judicial sajón, El proceso de cumplimiento el writ of mandamus tomó forma de proveído judicial, a través del cual la Court of King’s bench (tribunal competente para los procesos del rey y de su Administración) emitía, en nombre del monarca y a favor de un súbdito, órdenes dirigidas a cualquier persona, corporación o tribunal inferior, requiriéndoles el cumplimiento o ejecución de un deber ya determinado por el tribunal real

De otra parte, el constitucionalismo brasileño ha reconocido, como parte de sus varios procesos constitucionales de tutela de derechos, uno que tiene especialmente en cuenta la inacción estatal y se denomina mandado de injunção. Pese a que el nombre de este instituto está nominalmente relacionado con otro angloamericano

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