Proceso Penal
Enviado por Criistian10 • 5 de Junio de 2014 • 737 Palabras (3 Páginas) • 218 Visitas
omite ese deber misional que le faculta el Art. 277 de la Constitución Política y el Art. 250 de la misma Carta, reformado por el Acto Legislativo No. 003 de 2002 que implanta el Sistema Penal Acusatorio en Colombia. Dada esa importancia que hoy juega el Ministerio Público, sus delegados o representantes deben estar por encima de toda sospecha o torcimiento y su función misional sin ser parte o sujeto procesal interviniente en el proceso penal, debe cumplir una labor misional de mucha importancia: como garante sin que llegue a romperse la esencia adversarial del proceso penal acusatorio.
Dentro del proceso penal podemos encontrar partes e intervinientes que cumplen funciones para una adecuada acción penal, en la ley 906 del 2004 Título IV pueden detallarse:
La fiscalía general de la nación: es parte en el proceso junto con la defensa técnica o material, la primera en cuanto al procesado y la segunda al abogado se enfrentan en igualdad de oportunidades ante un juez imparcial que decide en base a pruebas y argumentos, mediante el principio de contradicción tienen derecho a conocer, controvertir o confrontar las pruebas, pueden oponerse a las alegaciones de la otra parte.
Pueden ser intervinientes el ministerio público y las victimas, la comunidad en general y los medios de comunicación haciendo excepción en algunos casos a la publicidad.
La actuación no será pública cuando el juez considere que la publicidad de los procedimientos pone en peligro a las víctimas, testigos, peritos
Intervinientes; se afecte la seguridad pública; se exponga a un daño psicológico a los menores de edad; se menoscabe el derecho del acusado a un juicio justo o se
Comprometa seriamente el éxito de la investigación., el ministerio público para proteger el orden jurídico y las victimas para garantizar verdad, justicia y reparación.
En el Artículo 117 encontramos a los organismos de policía judicial quien es interviniente bajo la dirección de la fiscalía general de la nación mediante la investigación y el juzgamiento.
La fiscalía general de la nación es a quien se delega la acción penal desde que tiene conocimiento de alguna conducta delictiva ya sea por denuncia, querella o informes, tal como se encargan de reiterarlo los artículos 66 y 114 del Código de Procedimiento Penal.
Constituyen deberes esenciales de la Fiscalía General de la Nación los siguientes:
1. Proceder con objetividad, respetando las directrices del Fiscal General de la Nación
2. Suministrar, por conducto del juez de conocimiento, todos los elementos probatorios y evidencia física e informaciones de que tenga noticia, incluidos los que le sean favorables al acusado.
4.3. Distinción entre funcionarios que investigan y acusan de los que juzgan
No obstante
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