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Pronunciamiento institucional "una sentencia justa que reconoce el derecho a la libertad sexual y libre desarrollo de las y los adolescentes"


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2013  •  480 Palabras (2 Páginas)  •  479 Visitas

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PRONUNCIAMIENTO INSTITUCIONAL

“UNA SENTENCIA JUSTA QUE RECONOCE EL DERECHO

A LA LIBERTAD SEXUAL Y LIBRE DESARROLLO

DE LAS Y LOS ADOLESCENTES”

El INPPARES saluda la decisión del Tribunal Constitucional del Perú y reconoce que en su

sentencia, de manera expresa, se asegura el derecho a la libertad sexual de los y las

adolescentes como parte de su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

La sentencia restablece el equilibrio entre la protección a los menores y su libertad, pues al

mismo tiempo que declara inconstitucional el inciso 3 del artículo 173 del Código Penal,

reconoce el derecho a la autodeterminación de los adolescentes en aspectos relacionados con

su sexualidad y exhorta al Congreso de la República a legislar adecuadamente los agravantes en

caso de violación sexual (artículo 170), y el tipo penal de seducción (artículo 175), aún vigentes

en el Código Penal.

Saludamos también a las organizaciones juveniles que, de manera comprometida, acudieron a

esta instancia para solicitar el reconocimiento de su derecho de vivir una sexualidad responsable

y plena. La demanda, interpuesta por 10,609 ciudadanos y ciudadanas de diferentes regiones,

representados por los abogados Ana Victoria Suárez, Yolanda Tito, Mariano Gonzales, y Juan

Manuel Sosa, el proceso implicó una movilización de carácter democrático.

Como se recuerda, el año 2006 entró en vigor la Ley N° 28704, que modificó el inciso 3 del

artículo 173 del Código Penal y tuvo como efecto la penalización de todas las relaciones sexuales

consentidas entre y con adolescentes de 14 a 18 años de edad. La ley incidió de manera

desproporcionada en el derecho de los y las adolescentes, teniendo entre sus efectos la

limitación en el acceso a los servicios de salud sexual. Es probable que esta ley haya buscado

proteger a menores en situación de riesgo, no obstante, seis años después es evidente que no

disminuyó los abusos, las violaciones, ni la trata de personas menores de edad, ni se incrementó

las condenas por estos delitos.

Las estadísticas oficiales muestran el incremento del embarazo adolescente, mayor deserción

escolar a causa del embarazo, más mortalidad materna y alto número de infecciones de

VIH/SIDA, daños que constituyen serios problemas de salud pública.

Se sabe que en otros países las relaciones sexuales entre adolescentes son permitidas desde los

15 años en Argentina y desde los 14 años en Puerto Rico. Asimismo, en Colombia son permitidas

desde los 12 años (mujeres) y 14 años (hombres), en Guatemala desde los 14 años (mujeres) y

16 años (hombres), en Panamá desde los 12 (mujeres) y 14 (hombres), entre otras regulaciones

vigentes en Latinoamérica.

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