Pronunciamiento institucional "una sentencia justa que reconoce el derecho a la libertad sexual y libre desarrollo de las y los adolescentes"
Enviado por a2102 • 4 de Septiembre de 2013 • 480 Palabras (2 Páginas) • 473 Visitas
PRONUNCIAMIENTO INSTITUCIONAL
“UNA SENTENCIA JUSTA QUE RECONOCE EL DERECHO
A LA LIBERTAD SEXUAL Y LIBRE DESARROLLO
DE LAS Y LOS ADOLESCENTES”
El INPPARES saluda la decisión del Tribunal Constitucional del Perú y reconoce que en su
sentencia, de manera expresa, se asegura el derecho a la libertad sexual de los y las
adolescentes como parte de su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
La sentencia restablece el equilibrio entre la protección a los menores y su libertad, pues al
mismo tiempo que declara inconstitucional el inciso 3 del artículo 173 del Código Penal,
reconoce el derecho a la autodeterminación de los adolescentes en aspectos relacionados con
su sexualidad y exhorta al Congreso de la República a legislar adecuadamente los agravantes en
caso de violación sexual (artículo 170), y el tipo penal de seducción (artículo 175), aún vigentes
en el Código Penal.
Saludamos también a las organizaciones juveniles que, de manera comprometida, acudieron a
esta instancia para solicitar el reconocimiento de su derecho de vivir una sexualidad responsable
y plena. La demanda, interpuesta por 10,609 ciudadanos y ciudadanas de diferentes regiones,
representados por los abogados Ana Victoria Suárez, Yolanda Tito, Mariano Gonzales, y Juan
Manuel Sosa, el proceso implicó una movilización de carácter democrático.
Como se recuerda, el año 2006 entró en vigor la Ley N° 28704, que modificó el inciso 3 del
artículo 173 del Código Penal y tuvo como efecto la penalización de todas las relaciones sexuales
consentidas entre y con adolescentes de 14 a 18 años de edad. La ley incidió de manera
desproporcionada en el derecho de los y las adolescentes, teniendo entre sus efectos la
limitación en el acceso a los servicios de salud sexual. Es probable que esta ley haya buscado
proteger a menores en situación de riesgo, no obstante, seis años después es evidente que no
disminuyó los abusos, las violaciones, ni la trata de personas menores de edad, ni se incrementó
las condenas por estos delitos.
Las estadísticas oficiales muestran el incremento del embarazo adolescente, mayor deserción
escolar a causa del embarazo, más mortalidad materna y alto número de infecciones de
VIH/SIDA, daños que constituyen serios problemas de salud pública.
Se sabe que en otros países las relaciones sexuales entre adolescentes son permitidas desde los
15 años en Argentina y desde los 14 años en Puerto Rico. Asimismo, en Colombia son permitidas
desde los 12 años (mujeres) y 14 años (hombres), en Guatemala desde los 14 años (mujeres) y
16 años (hombres), en Panamá desde los 12 (mujeres) y 14 (hombres), entre otras regulaciones
vigentes en Latinoamérica.
...