Propiedad Intelectual Y Derecho De Autor
Enviado por emiliamorillo • 2 de Mayo de 2013 • 8.426 Palabras (34 Páginas) • 678 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MISION SUCRE
ALDEA CONCEPCIÓN HECTOR CASTILLO REYES
ESTUDIO JURIDICO-905
REGIMEN JURIDICO DEL DERECHO DE AUTOR Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ENFOCADO EN EL USO DE LAS TIC
FACILITADOR:
ISBELIA ARANGUREN
TRIUNFADORES:
BARRIOS KARY
MOGOLLON YORMA
MORILLO EMILIA
PIÑERO SERLEY
SALAS YASMELI
BARQUISIMETO, ABRIL 2013
INDICE DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN.
DERECHO DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL, BASE CONCEPTUAL.
¿QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR?
¿QUÉ ABARCA EL DERECHO DE AUTOR?
¿QUÉ DERECHOS CONFIERE EL DERECHO DE AUTOR?
EL CREADOR DE UNA OBRA PUEDE PROHIBIR O AUTORIZAR.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS CONEXOS AL DERECHO DE AUTOR?
¿EN QUÉ CONSISTE LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
¿EN QUÉ CONSISTE LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
¿QUÉ SON LAS TICS?
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN O TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN (TIC).
REGIMEN JURIDICO DERECHO DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL ENFOCADO EN LA TIC.
BASE CONSTITUCIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN VENEZUELA.
CONSTITUCION NACIONAL (1999).
DECRETO Nº 1.769 25 DE MARZO DE 1997.
CONVENCIÓN UNIVERSAL SOBRE DERECHO DE AUTOR.
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS.
SUSTENTO POLÍTICO, JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO.
DEBERES Y DERECHOS ESTABLECIDOS RELATIVOS AL USO DE LAS TIC.
LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES DE VENEZUELA.
DERECHOS Y DEBERES EN LA LOT.
USO RESPONSABLE DEL INTERNET TENIENDO EN CUENTA LAS HABILIDESDE QUE DESARROLLA.
CONCLUSION
INTRODUCCIÓN
Al hablar de las T.I.C en nuestro tiempos y al respecto del derecho de autor y la propiedad intelectual podemos primeramente decir nosotros como seres humanos somos unos seres creativo, y por lo general, su aporte, es útil y necesario para todos los demás miembros de la sociedad, es por ello, que se hace imprescindible, que al hombre se le dé todas las herramientas necesarias para que pueda explotar todo su potencial, desarrollarlo y compartirlo. Son muchas las áreas en la que el hombre puede dedicar su ingenio y creatividad, para el goce y disfrute del mismo, bien sea por parte de él, como del mundo que le rodea.
Las Nuevas tecnologías de la Información, le permiten al hombre exponer sus creaciones ante el mundo entero, bien sea creaciones artísticas, de diversas índoles, científicas, o de cualquier aspecto. Esta facilidad de llegar a muchos lugares mostrando su talento e ingenio, también le puede ocasionar algunos riesgos, tales como el aprovechamiento de lo que él ha innovado por parte de terceros, sin atribuirle a él mismo su autoría.
Es por ello, que surge la necesidad de que el Estado pueda proteger a dichos autores y permitirles estar seguros y confiados, al momento de compartir su creatividad e innovación con el mundo que le rodea.
Para poder comprender mejor, estaremos analizando los conceptos relacionados al mismo, será necesario considerar los términos primordiales tales como: Derechos de Autor, Propiedad Intelectual y tecnologías de la información y la comunicación, partiendo de la comprensión de estos conceptos, estaremos abordando el tema acerca de Régimen Jurídico Derechos de Autor y Propiedad Intelectual enfocados en la T.I.C.
En mayor o menor grado todos los seres humanos tienen la capacidad de crear, la creación intelectual es, en algunos casos innata y en otros adquirida. Todo creador de una obra intelectual, sea ésta artística -pintura, escultura, danza, arquitectónica, literaria, musical o de cómputo, es un autor. Para protegerlo a él y a su obra respecto del reconocimiento de su calidad autoral y la facultad de oponerse a cualquier modificación de su creación sin su consentimiento, así como para el uso o explotación por sí mismo o por terceros, existe un conjunto de normas denominado DERECHO DE AUTOR.
DERECHO DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL BASE CONCEPTUAL
¿QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR? El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas. El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
¿QUÉ ABARCA EL DERECHO DE AUTOR? El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.
¿QUÉ DERECHOS CONFIERE EL DERECHO DE AUTOR? Los creadores originales de obras protegidas por el derecho de autor y sus herederos gozan de ciertos derechos básicos. Detentan el derecho exclusivo de utilizar o autorizar a terceros a que utilicen la obra en condiciones convenidas de común acuerdo.
EL CREADOR DE UNA OBRA PUEDE PROHIBIR O AUTORIZAR:
- su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y la grabación sonora;
- su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra de teatro o musical;
- su grabación, por ejemplo, en discos compactos, casetes o cintas de vídeo;
- su transmisión, por radio, cable o satélite;
- su traducción a otros idiomas, o su adaptación, como en el caso de una novela adaptada para un guión.
¿CUÁLES
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