Práctica 9 Derecho Penal I
Enviado por mike16_93 • 12 de Abril de 2017 • Práctica o problema • 659 Palabras (3 Páginas) • 502 Visitas
PRÁCTICA nº 9. REPASO
1.- “Sobre las 18 horas del día 10-4-1984, Milagros P. A., se introdujo en el portal de su vivienda con la intención de subir al quinto piso en el ascensor, encontrándose con Andrea F.R, vecina del inmueble con quien mantenía tensas relaciones motivadas por el cerramiento del ático de la primera. Andrea dijo a Milagros que no utilizara el ascensor, porque lo iba a utilizar ella, insistiendo Milagros en subir y persistiendo Andrea en su actitud, hasta el momento en que Milagros roció a Andrea con el líquido de una botella que llevaba en las manos y que acababa de adquirir en la droguería, -un desengrasante para la cocina que se disuelve en agua y que no produce quemaduras en la piel si se limpia con agua-, alcanzándole en cara, cuello, cuero cabelludo y ambos pabellones auriculares. Andrea F., en lugar de de lavarse inmediatamente o solicitar auxilio, se paseó por las inmediaciones del lugar con el líquido encima y, cuando su marido le insistió en que acudiera a un centro facultativo, se negó en principio, accediendo finalmente dos horas más tarde. Andrea permaneció ingresada del 10 al 17 de abril, apreciándosele quemaduras de tercer grado, ocasionadas por sustancias cáustica, en cuello, tórax, cara y ambos pabellones auriculares y practicándosele una intervención quirúrgica el 25 del 4 de 1984, consistente en desbridamiento e injerto en tórax y cuello, quedándole cicatrices inestéticas en rostro con afectación de la región frontal, mejilla derecha, ambos pabellones auriculares y regiones antero-laterales del cuello” (STS de 17 de septiembre de 1993).
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 150 del Código penal de 1995, determine fundadamente si se cumplen los elementos del tipo positivo (tanto los objetivos como los subjetivos).
2. En fechas no determinadas del mes de enero de 1993, Juan, consumidor habitual de cocaína, contrató los servicios de Tom (un ex legionario experto en armas) para que le facilitara protección, ya que había contraído una importante deuda dineraria con Ildefonso y Jordi, quienes le suministraban la droga y quienes recientemente le habían exigido intimidatoriamente el pago de lo debido. Tras empeñar un vehículo Mercedes y una motocicleta Kawasaki, Juan, de acuerdo con Tom, concertó una cita en su casa con Ildefonso y Jordi, en la que supuestamente les entregaría parte del dinero que les debía. Sospechando que Ildefonso y Jordi “buscaban jaleo”, Juan y Tom urdieron un plan para darles muerte en cuanto aquellos llegaran a la vivienda, apostándose, armados, en diversos puntos de la casa. Cuando Ildefonso y Jordi, una vez franqueada la puerta de entrada que estaba abierta, pasaron al salón de la vivienda, Tom disparó sobre ellos, causando una herida no penetrante en la cavidad torácica a Ildefonso y ocasionando la muerte a Jordi. Al sentirse herido, Ildefonso pidió un médico, pero Juan le contestó “que no hacía falta ningún médico”, al tiempo que le espetaba “prepárate que tu también vas para adelante”, agarrando a Ildefonso y haciéndole descender, arrastrándole tras de él por la escalera del garaje. En el descenso, Ildefonso consiguió liberarse de Juan, gritando éste ¡cuidado, que se escapa! Ante esta advertencia, Tom, que bajaba por delante, disparó su arma hacia la parte superior de la escalera, con el objetivo de alcanzar a Ildefonso. Sin embargo, este último saltó a la parte inferior del garaje, mientras el disparo de Tom alcanzaba a Juan, entrando el proyectil por la mandíbula y saliendo por la nuca, ocasionándole la muerte. En la confusión, Ildefonso logró escapar por la puerta del garaje. (STS de 5- 5- 1998, con modificaciones).
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